Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Inmobiliaria Municipal de Badajoz. (02501/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento municipal del voluntariado
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Ayuntamiento de Olivenza

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9.3.- Del seguro.
Se suscribirá, a cargo del Ayuntamiento, una póliza de seguro que cubra los riesgos en que puedan incurrir los voluntarios,
durante el tiempo que desarrollen su colaboración: Accidentes personales y posibles responsabilidades civiles que puedan
derivarse de su actuación frente a terceras personas.
9.4.- Causas de cese.
Las causas de baja o cese del voluntario/a en el Programa de voluntariado municipal atenderán a los siguientes motivos:
- Renuncia del interesado.
- Incumplimiento de los compromisos adquiridos conforme a lo establecido en el presente reglamento y en el
acuerdo de incorporación.
El personal que cese en las actividades de voluntariado deberá entregar al Ayuntamiento la acreditación como voluntario.
Artículo 10.º.- Procedimiento de incorporación de las entidades de voluntariado.
a) Solicitud de incorporación de las entidades de voluntariado. Las entidades de voluntariado definidas en el
artículo 4.º de este Reglamento que deseen incorporar voluntarios del Programa municipal de voluntariado en
sus actividades y programas deberán cumplimentar por medio de su representante legal la solicitud, ajustada
al modelo anexo II en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento.
b) El Departamento de Voluntariado mantendrá una reunión con la organización solicitante al efecto de
conocer los programas y actividades para los que se necesitan voluntarios/as así como cualquier otra
información pertinente sobre filosofía y dinámica de la organización. Toda la información será recogida en
una base de datos.
c) El Ayuntamiento y la entidad solicitantes formalizarán un acuerdo de colaboración que contendrá, como
mínimo, los siguientes extremos:
- Fines de la colaboración.
- Programa objeto de la colaboración.
- Calendario de trabajo.
- Compromisos de las partes.
- Medios humanos y materiales que se emplean.
- Duración del acuerdo.
d) La persona responsable del voluntariado informará a los voluntarios/as inscritos en el Programa municipal
de voluntariado sobre los proyectos y actividades de las organizaciones incluidas en la base de datos y
facilitará el encuentro entre el voluntario/a y la organización. Así mismo estará presente en la firma del
compromiso de colaboración voluntaria y hará seguimiento del mismo.
e) La organización que adscriba en alguna actividad propia a un/a voluntario/a del Programa municipal será
responsable de proporcionar la formación específica necesaria para el desempeño de su acción voluntaria así
como al reembolso de los gastos que pudieran derivarse del desempeño de sus actividades, siempre que
hayan sido previamente autorizados por la misma.
f) La organización en todo momento respetará la normativa contenida en este Reglamento.
Artículo 11.º.- Causas de cese de la colaboración.
1.- La colaboración de las entidades en los programas o actividades concluirá en los siguientes casos:
a) Por mutuo acuerdo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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