Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (02456/2024)
Bases de la convocatoria y el proceso de selección para la creación de una bolsa de trabajo temporal para Cocinera/o-Limpiador/a del Centro de día del Ayuntamiento de Valdelacalzada
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valdelacalzada
Anuncio 2456/2024
de presentación de solicitudes de participación.
Cuarta. Turno de reserva.
Dado el número de plazas en plantilla, no procede reservar un cupo.
Quinta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la
Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Sexta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, se señalará un plazo de 10 días hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
que se publicará en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la misma publicación se hará
constar [el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas. Igualmente, en la misma resolución, se hará
constar la designación nominal del Tribunal.
Séptima. Tribunal Calificador.
La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:
Presidente:
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
Secretario:
El Secretario-Interventor del Ayuntamiento.
Vocales:
La Coordinadora del centro de día.
La Trabajadora Social del Ayuntamiento.
La Coordinadora Cultural del Ayuntamiento.
Suplentes:
Dos funcionarios administrativos del Ayuntamiento.
Un trabajador fijo del Ayuntamiento con titulación igual o superior a la exigida para la categoría
profesional de la plaza.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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de presentación de solicitudes de participación.
Cuarta. Turno de reserva.
Dado el número de plazas en plantilla, no procede reservar un cupo.
Quinta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la
Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Sexta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, se señalará un plazo de 10 días hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
que se publicará en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la misma publicación se hará
constar [el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas. Igualmente, en la misma resolución, se hará
constar la designación nominal del Tribunal.
Séptima. Tribunal Calificador.
La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:
Presidente:
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
Secretario:
El Secretario-Interventor del Ayuntamiento.
Vocales:
La Coordinadora del centro de día.
La Trabajadora Social del Ayuntamiento.
La Coordinadora Cultural del Ayuntamiento.
Suplentes:
Dos funcionarios administrativos del Ayuntamiento.
Un trabajador fijo del Ayuntamiento con titulación igual o superior a la exigida para la categoría
profesional de la plaza.
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www.dip-badajoz.es/bop
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