Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. (02423/2024)
Bases para la provisión de una plaza de Sepulturero/Enterrador
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno

Anuncio 2423/2024

pintura, mantenimiento edificios o similar: 0,05 puntos.
– Por cada mes de trabajo en empresa privada en el desarrollo de funciones relacionadas con
la plaza a cubrir como oficial o peón en categorías como albañilería, jardinería, pintura,
mantenimiento de edificios o similar: 0,04 puntos.
Se acreditará mediante certificación expedida por la Administración correspondiente para la que se han
prestado los servicios y en la que se hará constar el tiempo de prestación, las características de la plaza o
puesto ocupado, con indicación del grupo y categoría.
En caso de trabajos en empresa privada, se aportará copia simple de contratos de trabajos, debiendo constar
la categoría, la duración de los mismos, así como otras cuestiones como funciones a realizar.
En todo caso, se ha de aportar informe de vida laboral actualizado.
Las jornadas parciales se computarán proporcionalmente a la jornada completa.
B) Cursos de formación (máximo 1 punto).
Solamente se valorarán los cursos relacionados con las tareas y funciones propias de la plaza a cubrir,
impartidos por centros legalmente autorizados y reconocidos, organizaciones empresariales y sindicales y
administraciones públicas y siempre que conste el número de horas.
No se valorarán los cursos en los que no se especifique la duración o contenido del mismo. La duración
mínima de los cursos a valorar será de 10 horas.
Serán justificados con el correspondiente certificado, título o diploma de superación expedido por la entidad
organizadora en el que conste el contenido y la duración del curso y firma o sello de la entidad.
– Cursos relacionados por cada fracción de 10 horas, se puntuará con 0,10 puntos.
C) Otras titulaciones (máximo 1 punto).
Se valorará otras titulaciones académicas distintas a la exigida para participar en las pruebas y que estén
relacionadas con las funciones propias del puesto al que se pretende acceder.
Las titulaciones que no estén relacionadas no serán valoradas.
– Certificado de profesionalidad en materia relacionada con el puesto: 0,5 puntos.
– Título de formación profesional grado medio: 0,7 puntos.
– Título de formación profesional grado superior: 0,8 puntos.
– Titulación universitaria: 1 punto.

Octava.- Calificación:
La calificación total de la fase de oposición de los aspirantes que hubieran superado los dos ejercicios se hallará calculando
la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio, siendo la puntuación máxima a obtener de 10 puntos.
La calificación final será la suma de la fase de oposición y la fase de concurso.
Aquellos aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos en la fase de oposición serán calificados como no
aptos/as.
En caso de empate en la puntuación final se atenderá a las mejores puntuaciones obtenidas en el ejercicio de oposición,
primero en la parte práctica y si no en la parte teórica. Si persistiera el empate se acudirá a quien mayor puntuación tenga
en la fase de concurso.
De mantenerse el empate, se resolverá mediante sorteo público.
Novena.- Relación de aspirantes aprobados, propuesta de contratación y presentación de documentación:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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