Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Solana de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02343/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir, como personal laboral con carácter de interinidad, un puesto de Agente de Empleo y Desarrollo Local
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Ayuntamiento de Solana de los Barros

Anuncio 2343/2024

Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de
aspirantes y del Tribunal de selección, que se publicará asimismo en el tablón de anuncios y en la sede
electrónica, con indicación y hora de celebración de las pruebas.
Los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en definitiva cualquier decisión que adopte el Tribunal y que
deba conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas, se expondrán en la página
web del Ayuntamiento y tablón de anuncios
6.4.- Contra las resoluciones a que se refieren las presentes bases, así como contra aquellas otras que
resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción o cualquiera otro que se estime oportuno.
7.ª.- Comisión de Valoración.
7.1.- Composición. La Comisión de Valoración estará integrada por cinco miembros, siendo todos ellos de la
Diputación de Badajoz, que actuarán como: Presidente, tres vocales, y un Secretario.
Todos los miembros de la Comisión deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las
exigidas para el acceso a la plaza convocada.
7.2.- Abstención y/o recusación. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de formar
parte de la misma y de intervenir, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la autoridad convocante.
Los aspirantes podrán recusarlos en los casos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
7.3.- Constitución y actuación. La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, de al menos la
mitad de los miembros titulares o suplentes indistintamente.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate
el voto de calidad del Presidente de la misma.
La actuación de la Comisión, se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, dicha
Comisión resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para
aquellos supuestos no previstos en las bases.
7.4.- Observadores. En calidad de observadores, con voz pero sin voto, podrán estar presentes en todas las
fases y actos que integran el proceso selectivo, a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y
materialice el contenido de las pruebas antes de su realización, un representante de cada Sindicato con
implantación en el Ayuntamiento de Solana de los Barros.
7.5.- La Comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que
demanden oír la opinión de técnicos especialistas, que tendrán voz, pero no voto, así como de colaboradores
en tareas de vigilancia y control de desarrollo de los diferentes ejercicios.
8.ª.- Procedimiento de Selección de candidatos.
Al día siguiente de la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos, se abrirá un plazo de 5 días
hábiles para que los mismos puedan hacer entrega de sus proyectos bien por sede electrónica, bien en el
registro del Ayuntamiento de Solana de los Barros en horario de 9:00 a 14:00 horas, o a través de cualquiera
de los medios contemplados en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
El proceso selectivo consistirá en dos fases:
8.1.- Fase 1.- Los aspirantes realizarán una prueba consistente en la defensa de un proyecto empresarial:
memoria descriptiva junto a estudio económico-financiero.
El proyecto, que no podrá exceder de 10 folios, (Mediante ordenador a una sola cara. Para la parte descriptiva
tipo letra Times New Román, tamaño 12, párrafo con interlineado sencillo. Debiendo ser toda la
documentación aportada legible y entendible), que se leerá ante la Comisión de Selección, y a la que se le
entregará una copia del mismo en el momento de la lectura, que no podrá durar más de 15 minutos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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