Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Solana de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02343/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir, como personal laboral con carácter de interinidad, un puesto de Agente de Empleo y Desarrollo Local
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Ayuntamiento de Solana de los Barros

Anuncio 2343/2024

el Registro General de este Ayuntamiento, de 9:00 a 14:00 horas, o conforme a lo dispuesto por el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Quienes no presenten su solicitud directamente en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de
Solana de los Barros, y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en el citado el artículo 16.4,
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, así mismo deberán remitir a la Secretaría General del Ayuntamiento de Solana de los Barros copia
de la solicitud vía correo electrónico a: registro@solanadelosbarros.es.
5.3.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 10 días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de las bases de esta convocatoria en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz.
Las presentes bases se publicarán también en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su página
web.
A la solicitud se acompañará la documentación obligatoria mencionada en el apartado 5.1 anterior.
5.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados, en cualquier momento, de oficio,
o a petición de los interesados.
5.5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
6.ª.- Admisión de aspirantes.
6.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución en el
plazo máximo de 10 días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como
la causa de exclusión de éstos últimos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Badajoz concediéndose un plazo de 3 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones, a partir del
siguiente a dicha publicación. Esta lista también se publicará en tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el
de su página web.
6.2.- Las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en resolución de la Alcaldía, por la que
se aprueba la lista definitiva de aspirantes, que se dictará en el plazo máximo de 10 días hábiles contando
desde la finalización del plazo de subsanación de errores y reclamaciones, que será publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en el de su página
web.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos
de la realización de las pruebas.
Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las mismas, la lista provisional, se convertirá
en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará la relación nominal de los miembros de la
Comisión de Valoración y la fecha de realización de la prueba de defensa del proyecto, que se hará pública,
asimismo, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.
6.3.- Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 5 días hábiles,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos junto con la composición del Tribunal de
selección.
En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento se señalará un plazo de 3
días hábiles para que se puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la
exclusión.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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