Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talarrubias. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02262/2024)
Bases para la provisión temporal en comisión de servicios de un puesto vacante perteneciente al grupo C, subgrupo C1 (Administrativo de Administración General)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Talarrubias
Anuncio 2262/2024
5.5.- Las Comisiones de Valoración, estarán integradas por un Presidencia, Secretaría y tres vocales, que actuarán con voz y
voto.
5.6.- La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de
asesores actuarán con voz pero sin voto, conforme al artículo 46 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
5.7.- La actuación de la Comisión de Valoración habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria, no obstante
lo cual resolverá las dudas que surjan de la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos
en éstas.
5.8.- La Comisión propondrá únicamente al candidato que haya obtenido mayor puntuación.
6.- Selección del aspirante idóneo mediante valoración de méritos.
6.1.- Méritos computables:
6.1.1.- Formación: Hasta un máximo de 6 puntos.
Posesión del título de Licenciado/a o Grado superior, en Derecho, Ciencias
Políticas y de la Administración, o AD:
2 puntos
Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones a
desempeñar:
De 100 o más horas:
1,5 puntos
De 75 o más horas:
1 puntos
De 50 o más horas:
0,75 puntos
De 25 o más horas:
0,50 puntos
De 15 o más horas:
0,20 puntos
6.1.2.- Experiencia / antigüedad: Hasta un máximo de 15 puntos.
Por cada mes de servicio en puestos con funciones similares a las del que se
convoca:
0,10, con un máximo de
10 puntos
Por cada mes desempeñando puesto de superior categoría al que se
convoca, siempre que se relacione con las funciones del que es objeto de la
presente convocatoria:
0,10, con un máximo de
5 puntos
6.1.3.- Empates.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
6.2.- Entrevista.
A.- Podrá realizarse una entrevista personal, en caso de que haya más de un aspirante, a cada uno de ellos, de
acuerdo al criterio de mayor idoneidad, discrecionalmente apreciada, considerando los currículums
aportados, valorando la experiencia y formación específica, así como en las aptitudes puestas de manifiesto
en la celebración de la entrevista. Se valorará de 0 a 10 puntos.
B.- La entrevista versará sobre la experiencia profesional de los aspirantes en relación con su formación
académica y la adecuación de la misma a las funciones específicas del puesto convocado y, en general, sobre
aclaraciones que se consideren necesarias en relación con la documentación aportada por el aspirante para
justificar los méritos aducidos y sus posibles iniciativas para el mejor desempeño de las funciones del puesto
convocado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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5.5.- Las Comisiones de Valoración, estarán integradas por un Presidencia, Secretaría y tres vocales, que actuarán con voz y
voto.
5.6.- La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de
asesores actuarán con voz pero sin voto, conforme al artículo 46 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
5.7.- La actuación de la Comisión de Valoración habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria, no obstante
lo cual resolverá las dudas que surjan de la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos
en éstas.
5.8.- La Comisión propondrá únicamente al candidato que haya obtenido mayor puntuación.
6.- Selección del aspirante idóneo mediante valoración de méritos.
6.1.- Méritos computables:
6.1.1.- Formación: Hasta un máximo de 6 puntos.
Posesión del título de Licenciado/a o Grado superior, en Derecho, Ciencias
Políticas y de la Administración, o AD:
2 puntos
Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones a
desempeñar:
De 100 o más horas:
1,5 puntos
De 75 o más horas:
1 puntos
De 50 o más horas:
0,75 puntos
De 25 o más horas:
0,50 puntos
De 15 o más horas:
0,20 puntos
6.1.2.- Experiencia / antigüedad: Hasta un máximo de 15 puntos.
Por cada mes de servicio en puestos con funciones similares a las del que se
convoca:
0,10, con un máximo de
10 puntos
Por cada mes desempeñando puesto de superior categoría al que se
convoca, siempre que se relacione con las funciones del que es objeto de la
presente convocatoria:
0,10, con un máximo de
5 puntos
6.1.3.- Empates.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
6.2.- Entrevista.
A.- Podrá realizarse una entrevista personal, en caso de que haya más de un aspirante, a cada uno de ellos, de
acuerdo al criterio de mayor idoneidad, discrecionalmente apreciada, considerando los currículums
aportados, valorando la experiencia y formación específica, así como en las aptitudes puestas de manifiesto
en la celebración de la entrevista. Se valorará de 0 a 10 puntos.
B.- La entrevista versará sobre la experiencia profesional de los aspirantes en relación con su formación
académica y la adecuación de la misma a las funciones específicas del puesto convocado y, en general, sobre
aclaraciones que se consideren necesarias en relación con la documentación aportada por el aspirante para
justificar los méritos aducidos y sus posibles iniciativas para el mejor desempeño de las funciones del puesto
convocado.
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