Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02173/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión interina de un puesto de Auxiliar de Administración General y formación de lista de espera mediante el sistema de concurso-oposición libre
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Ayuntamiento de Barcarrota

Anuncio 2173/2024

Se acreditará mediante la correspondiente certificación de servicios prestados, expedida por el órgano
competente de la administración donde se hayan prestado los mismos. Los servicios prestados en el
Ayuntamiento de Barcarrota se valorarán y determinarán de oficio.
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. El Tribunal
se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar cuantas
aclaraciones o información adicional se consideren necesarias.
4. Una vez publicada la valoración de la fase de concurso se otorgará un plazo de 3 días para reclamaciones y
alegaciones conforme a la base undécima.
5. La calificación total se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios y en la
fase de concurso, hasta un máximo de 30 puntos (oposición 20 puntos máximo y concurso 10 puntos
máximo). En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio; si aún
persistiese, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, y si persistiese el empate, se atenderá al
orden del sorteo de la Junta de Extremadura de aplicación general a todas las listas de espera para la
contratación de la Comunidad Autónoma y que se hace pública en el DOE.
8. Relación ordenada de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentación.
1. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal formará la lista ordenada por orden de puntuación con todos los
aspirantes que lo han superado, que se elevará a la Alcaldía, junto con la propuesta de nombramiento como
funcionario/a interino/a a favor de la persona que ocupa el primer puesto.
2. La persona seleccionada deberá presentar en el Ayuntamiento, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar
desde el siguiente a aquel en que se haga pública la lista ordenada de aprobados, los siguientes documentos
acreditativos de las condiciones establecidas en la bases:
a) Copia auténtica del DNI o del documento acreditativo de la identidad.
b) Copia auténtica de la titulación académica exigida o resguardo de haber abonado los
derechos para la expedición de dicho título.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las
funciones públicas.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibilite para el servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial. Dicho
informe tendrá carácter no vinculante para la obtención del grado de "apto laboral" por el
correspondiente servicio de prevención del Ayuntamiento.
3. Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, la persona propuesta no presentase la
documentación relacionada o no reuniesen los requisitos exigidos, no podrán ser nombrada, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por
falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición. En este caso, la Alcaldía formulará
propuesta a favor de la persona siguiente en la lista ordenada.
4. Aprobada la propuesta de nombramiento de funcionario/a interino/a y acreditados los requisitos exigidos,
la persona nombrada deberá tomar posesión como funcionario/a interino/a en el plazo de 5 días hábiles, a
contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento. Aquellos que no tomen posesión en el plazo
señalado sin causa justificada, decaerán en todos sus derechos a ocupar la plaza.
9. Nombramiento y toma de posesión.
1. Presentada la documentación por el interesado y siendo esta conforme, por la Alcaldía se acordará el
nombramiento de funcionario/a interino/a.
2. La persona nombrada deberá tomar posesión en el plazo de 5 días hábiles, a contar del siguiente al que le
sea notificado el nombramiento. Aquellos que no tomen posesión en el plazo señalado sin causa justificada,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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