Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02124/2024)
Bases reguladoras del proceso selectivo, mediante concurso oposición, para la contratación en régimen laboral fijo de un/a Terapeuta Ocupacional para el centro residencial del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 2124/2024

proporcionalmente a la jornada y períodos prestados, considerando como jornada habitual la
establecida en el convenio colectivo de aplicación. Se deberá aportar vida laboral, que por sí
sola no constituye justificación suficiente, a fin de acreditar los períodos y/o jornadas
trabajados.
El documento válido para acreditar la experiencia laboral será el contrato laboral o certificación
expedida por organismo oficial donde conste inicio y fin de contrato, tipo de contrato, categoría
profesional y número de días cotizados. No se admitirá ningún otro documento:
- Por servicios prestados en la Administración Local en plaza o puesto de igual o
similar contenido al que se opta. (Acreditado mediante la correspondiente
certificación expedida por el organismo competente): 0,20 puntos por cada mes
completo.
- Por servicios prestados por cuenta ajena en cualquier empresa en plaza o
puesto de igual o similar contenido al que se opta. (Acreditado mediante la
correspondiente certificación expedida por el organismo competente): 0,10
puntos por cada mes completo.
La puntuación en este apartado no podrá exceder de 3 puntos. A estos efectos no se
computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
b) Formación. La participación en cursos homologados como asistente en materias
directamente relacionadas con el puesto a ocupar. Se valorarán sólo aquellos cursos de
duración igual o superior a 30 horas.
- Por expertos, especialistas universitarios o másteres cuyo contenido se
encuentren directamente relacionados con la geriatría. Se sumarán
conjuntamente para su valoración:
◦ Impartidos por instituciones de carácter público: 0,15 puntos
cada 30 h.
◦ Impartidos por instituciones de carácter privado: 0,10 puntos
cada 30 h.
- Por cursos homologados que se encuentren directamente relacionados con la
gestión de centros de servicios sociales, geriatría, demencias. Se sumarán
conjuntamente para su valoración:
◦ Impartidos por instituciones de carácter público: 0,10 puntos
cada 30 h.
◦ Impartidos por instituciones de carácter privado: 0,08 puntos
cada 30 h.

La puntuación en este apartado no podrá exceder de 2 puntos.
Calificación final del concurso: Será la suma total de las dos fases del concurso: La valoración
del apartado a) experiencia laboral y del apartado b) formación.
El total de puntuación en la fase de concurso será de 5 puntos. Será una copia compulsada o el
original de la vida laboral del solicitante, así como el informe de períodos de inscripción emitido
por el SEXPE los que se utilizarán por el Tribunal de Selección para valorar la fase de concurso.
De este modo, el solicitante que no aporte dicha vida laboral junto con la solicitud no podrá ser
valorado en la fase de concurso.

8.5. Los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo no obtuvieran el puesto objeto de contratación, pasarán a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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