Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02067/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro infantil Alborada
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Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 2067/2024

elección en la correspondiente convocatoria.
2.º. En caso de ausencia o enfermedad del mismo/a, se procederá del modo señalado en el punto anterior de
este artículo y en el caso de que concurran más de una persona en esas circunstancias, será el Ayuntamiento
decida entre ellas.
Artículo 20.- Funciones de la dirección.
Las funciones del director son las siguientes:
a) Ostentar oficialmente la representación del centro.
b) Cumplir y hacer cumplir la normativa vigente en relación con el centro.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del
Centro y ateniéndose a las competencias funcionales del organigrama del Ayuntamiento de Montijo.
d) Ejercer la jefatura directa de todo el personal destinado en el centro, bajo la supervisión de la/s concejalías
competentes y en su caso del Ayuntamiento, velando por el correcto cumplimiento de las normativa de EE.II. y
por la más eficaz y eficiente organización del trabajo, y ejerciendo el control de asistencia, cumplimiento de
horarios y rendimiento del personal, bajo la supervisión del Ayuntamiento de Montijo.
e) Gestionar los recursos materiales y humanos del centro.
f) Trasladar a la/s concejalías competentes todas las propuestas, ofertas y solicitudes recibidas en el centro y
relacionadas con sus actividades o con el resto de las actividades de la unidad y el servicio.
g) Convocar y presidir todos los actos académicos y reuniones de los distintos órganos del centro.
h) Informar o visar los expedientes y documentos relacionados con la actividad académica del centro.
i) Ejecutar los acuerdos de los órganos de gobierno en el ámbito de su competencia y los de los órganos
colegiados del centro, previa ratificación, cuando sea necesaria, de los órganos municipales.
j) Coordinar la participación de los distintos sectores de la Comunidad Escolar, procurando los medios
precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas atribuciones.
k) Supervisar la propuesta de proyecto educativo de centro y la programación general anual, de acuerdo con
las directrices y criterios establecidos, por el Consejo Escolar y las propuestas formuladas por el claustro y,
asimismo, velar por su correcta aplicación. Y evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos previstos en
los citados documentos, proponiendo las modificaciones que se consideren necesarias para su desarrollo.
l) Ostentar la representación del centro ante las instituciones de su entorno así como coordinación con otros
servicios educativos municipales y de la zona.
m) Elevar a las concejalías competentes una memoria anual sobre actividades y situación del centro.
n) Proporcionar la información que le sea requerida por los órganos competentes.
o) Coordinar las actividades de investigación y difusión relacionadas con las enseñanzas del centro.
p) Custodiar los documentos y expedientes del centro.
q) Colaborar con el Ayuntamiento en la gestión administrativa de la escuela.
r) Atender e informar a los padres y madres, tutores o representantes legales de los niños y niñas de la
escuela.
s) Todas las demás funciones de características similares que le sean encomendadas.
t) Dar listado de alumno/as a principio de curso al Seguro Escolar Obligatorio de los niños que asisten al
centro, y actualizar altas y bajas durante el mismo.
u) Entregar a la tesorería del Ayuntamiento los números de las cuentas bancarias de los titulares y alumnos
con la cuota mensual a abonar, así como altas y bajas, reducciones, exenciones,….. y reclamaciones de estas
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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