Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01967/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
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Ayuntamiento de Zafra

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2. Las reservas estará señalizadas mediante la señal R-308 prohibido el estacionamiento con "P" de reserva) y
marcas viales reglamentarias, salvo en los casos singulares que se expresan en esta Ordenanza en que se
adoptan otro tipo de señales. En las reservas queda prohibido exclusivamente el estacionamiento de
vehículos no autorizados durante los días y horas señalizados, salvo que no figure ningún horario, en cuyo
caso se entenderán "permanentes".
Artículo 17. Tipos y clases de reservas.
1. Reservas de espacio para obras: Las personas o entidades que tengan licencia municipal de obras, para
cuya realización sea necesaria la prohibición de estacionamiento a terceros con objeto de facilitar la carga y
descarga de materiales o de conseguir protección ante la caída de obstáculos, etc., solicitarán la reserva a la
Alcaldía por registro general. Las reservas de este tipo se concederán tras informe de la Policía Local y
propuesta de resolución a la Alcaldía. En casos de urgencia, la Jefatura de la Policía Local podrán conceder a
título provisional y, tras haber comprobado el pago de una fianza equivalente a la tasa correspondiente, la
citada reserva a la espera de la definitiva concesión por la Alcaldía.
a) Se exigirá el pago de la tasa que corresponda de acuerdo con la correspondiente.
b) Las reservas solo se concederán cuando sea imposible por razones técnicas la utilización de
un badén por obras, o cuando la obra se realiza en la vía pública y exige la prohibición de
estacionamiento para evitar el corte de tráfico.
c) La reserva se señalizará por los adjudicatarios de la licencia.
d) Uso de la reserva.- En la reserva podrán estacionar exclusivamente durante el horario los
vehículos de carga y descarga de materiales de construcción que tengan autorización para
circular por las calles en que se encuentra la reserva.
2. Reservas de espacio para discapacitados con movilidad reducida.
a) Se crearán las plazas de estacionamiento reservado para vehículos conducidos por
discapacitados con movilidad reducida, en zonas de interés ciudadano en la vía pública.
b) La Alcaldía expedirá los permisos especiales para poder utilizar estas plazas reservadas de
acuerdo con la legislación vigente.
c) La concesión se otorgará a quienes acrediten su derecho a este beneficio, en base al grado
de movilidad reducida exigido por la Consejería correspondiente de la Junta de Extremadura, la
cual expedirá certificado haciendo constar estos extremos. La concesión será indefinida, y solo
finalizará si cesan las causas que motivaron la concesión o por fallecimiento del titular.
d) A quienes lo soliciten y cumplan los requisitos, se les facilitará una tarjeta de aparcamiento
editada por la Consejería correspondiente de la Junta de Extremadura.
e) El titular de la tarjeta podrá utilizarla en cualquier vehículo en que se traslade, sea o no de su
propiedad. Dicha tarjeta deberá colocarse en el interior del vehículo utilizado, siendo
claramente visible desde el exterior del mismo.
f) Siempre que no se entorpezca la circulación de vehículos o peatones, a los vehículos
ocupados por discapacitados se les podrá autorizar el estacionamiento en cualquier tipo de vía
pública el tiempo imprescindible para realizar el acceso o la salida del vehículo por estas
personas.
g) Son motivo de sanción, que pudiera llevar a la retirada de la tarjeta temporal o
definitivamente:
La utilización de la tarjeta por persona no autorizada.
La utilización de la tarjeta sin que a la llegada o salida del vehículo acceda el titular de la
misma.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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