Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. (01933/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
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Ayuntamiento de Valdelacalzada

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Artículo 23.- Normas generales de parada y estacionamientos.
Artículo 24.- Prohibiciones de paradas y estacionamientos.
Capítulo VI.- Carga y descarga de mercancías.
Artículo 25.- Normas generales.
Artículo 26.- Zonas reservadas para carga y descarga.
Artículo 27.- Carga y descarga en zonas peatonales.
Artículo 28.- Carga y descarga en el resto de las vías.
Capítulo VII.- De las autorizaciones para entrada y salida de vehículos (vados).
Artículo 29.- Normas generales.
Artículo 30.- Suspensión temporal.
Artículo 31.- Revocación.
Artículo 32.- Baja.
TÍTULO II.- DE LAS MEDIDAS CAUTELARES Y DE LA RESPONSABILIDAD.
Capítulo I.- Medidas cautelares.
Artículo 33.- Retirada del vehículo.
Artículo 34.- Inmovilización del vehículo.
Capítulo II.- Responsabilidad.
Artículo 35.- Personas responsables.
TÍTULO III.- PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y RECURSOS.
Capítulo I.- Procedimiento sancionador.
Artículo 36.- Normas de aplicación.
Artículo 37.- Competencia sancionadora.
Artículo 38.- Infracciones.
Artículo 39.- Sanciones.
Capítulo II.- Recursos.
Artículo 39.- Recursos.
Disposición derogatoria.Disposición final.EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 7/1985, de 2 de abril, artículos 4 y 25.2, y el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, habilitan a los
ayuntamientos para desarrollar sus prescripciones en aspectos de tanta trascendencia para la regulación del tráfico urbano
como la circulación de peatones y vehículos, los estacionamientos, el cierre de las vías urbanas cuando fuera necesario, así
como para denunciar y sancionar las infracciones cometidas en esta materia.
Habiéndose desarrollado la citada norma por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento general de circulación, procede hacer efectiva, con rango de Ordenanza, dicha habilitación, dentro del más
radical respeto al principio de jerarquía normativa y al esquema competencial diseñado por nuestra Constitución y esta
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