Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01978/2024)
Bases para la provisión, como funcionario/a de carrera, mediante el sistema de concurso por movilidad, de una plaza de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Calamonte, correspondiente a la oferta de empleo público de 2024
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Ayuntamiento de Calamonte

Anuncio 1978/2024

Solo podrán valorarse los méritos que se posean antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La
puntuación máxima a obtener por los méritos alegados y documentados será de 10,50 puntos, que se valorarán con arreglo
al siguiente baremo:
1.1. Experiencia profesional.
Representará hasta un máximo de 4,00 puntos de la puntuación total a obtener. Únicamente se valorarán meses completos,
a razón de 0,025 puntos por mes, hasta alcanzar la puntuación máxima. Para determinar la puntuación obtenida se dividirá
el número total de días prestados en cada categoría por 30 días de cada mensualidad. En función de la categoría a la que se
refiera el proceso, la valoración de la antigüedad tendrá una limitación máxima de mensualidades a valorar en cada
categoría anteriormente desempeñada, conforme a la baremación que se indica a continuación:
• Categoría Agente: Máximo de 160 meses. Tratándose de Auxiliares de Policía integrados en la categoría de
Agente por aplicación de la disposición transitoria primera de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación
de Policías Locales de Extremadura, o normativa que la sustituya, se tendrá en cuenta el tiempo se servicio
prestado en aquella categoría como si lo hubiera sido en la de Agente.
• Categoría Oficial: Máximo de 60 meses como Agente y 100 como Oficial.
• Categoría de Subinspectora / Subinspector: Máximo de 40 meses como Agente, 50 meses como Oficial y 70
meses como Subinspector / Subinspectora.
• Categoría de Inspectora/ Inspector: Máximo de 20 meses como Agente, 30 meses como Oficial, 50 meses
como Subinspector/ Subinspectora y 60 meses como Inspectora / Inspectora.
• Categoría de Intendente: Máximo de 10 meses como Agente, 20 meses como Oficial, 30 meses como
Subinspectora / Subinspector, 40 meses como Inspector / Inspectora y 60 meses como Intendente.
• Categoría de Superintendente: Máximo de 10 meses como Agente, 10 meses como Oficial, 20 meses como
Subinspectora/ Subinspector, 30 meses como Inspector/ Inspectora, 40 meses como Intendente y 50 meses
como Superintendente.
En los supuestos en que se hubiera accedido directamente por turno libre a una determinada categoría sin pasar por la/las
categoría/as inferior/es, el tiempo de permanencia en dicha categoría que exceda del tope de puntuación a valorar en la
misma será computado como si se hubiera desempeñado en las categorías inferiores de forma descendente hasta agotar
los topes de valoración respectivos en cada una de ellas. Igualmente se actuará en los supuestos en los que los tiempos de
permanencia en categorías superiores excedan del tope de valoración en la misma sin haber agotado los respectivos topes
de valoración de las categorías inferiores.
1.2. Formación académica.
Representará hasta un máximo de 1 punto de la puntuación total a obtener, conforme se indica a continuación para cada
titulación académica y sus correspondientes equivalencias:
• Doctorado: 1,00 punto.
• Grado: 0,75 puntos.
• Técnico: 0,50 puntos.
• Master: 0,25 puntos.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo establecido en el Real Decreto
822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento
de aseguramiento de su calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel, excepto un Master, solo se valorará el de mayor nivel académico conforme
a la puntuación establecida. En caso de que se presente más de un título del mismo nivel académico, excepto un Master,
solo se valorará uno de ellos. Tratándose de un Master, podrán valorarse todos los que se presenten y adicionarse a la
titulación académica finalmente valorada hasta alcanzar el máximo de puntuación prevista en este apartado.
1.3. Formación continua.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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