Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Lobón. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01871/2024)
Bases de la convocatoria para la cobertura de dos plazas de Administrativo, incluida en la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de Lobón

Anuncio 1871/2024

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten la Presidencia y de la Secretaría, o
de quienes, en su caso las sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes. En ausencia del/a Presidente/a, lo/a
sustituirá el/a Vocal, presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, para aquellos
aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe
a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los
asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava. Desarrollo, puntuación del concurso de méritos y reclamaciones.
8.1.- Desarrollo.
Tras la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, se convocará el respectivo
Tribunal de selección, al objeto de proceder a la baremación de los méritos relacionados con los servicios
prestados como personal contratado laboral en la categoría de plaza a la que opta.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en la administración convocante será aportado de oficio por
el propio Ayuntamiento y referido siempre a la fecha de terminación del plazo de admisión de instancias.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras administraciones públicas habrá de ser aportado
durante el tiempo de 20 días hábiles establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso
selectivo.
8.2.- Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la
experiencia profesional y la formación relacionada con el puesto, teniendo en cuenta que el objetivo de los
procesos selectivos de carácter excepcional de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de
diciembre, de conformidad con las disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los
empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere
crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas
y más en concreto en este Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada
experiencia al haber sido esta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso
excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina del TJUE.
Solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los servicios prestados
como personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del
nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: Se valorará la asistencia a aquellos cursos cuyo contenido
esté directamente relacionado con las funciones propias de los cuerpos, escalas y especialidades de la
administración a los que se pretende acceder y que reúnan las siguientes características:
- Se valorarán los cursos y actividades formativas (cursos de perfeccionamientos, Masters,
Congresos, Impartición de cursos de formación, tutorías impartidas y jornadas), acreditados
hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, que complemente las
competencias del empleado público, o que se encuentren relacionados directamente o con el
puesto de trabajo al que se quiera optar realizados por organismos o centros públicos o
privados homologados oficialmente.
Méritos que se computan (máximo 10 puntos):
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente
baremo:
1) Antigüedad:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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