Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Lobón. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01871/2024)
Bases de la convocatoria para la cobertura de dos plazas de Administrativo, incluida en la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal
10 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Lobón

Anuncio 1871/2024

medios que serán publicadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del
proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban
realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará
de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del
tratamiento de estos datos.
La no cumplimentación de la solicitud de conformidad será motivo de exclusión en las listas provisionales de
personas admitidas y excluidas, abriéndose el plazo de subsanación establecido en la base sexta, en caso de
que no se hubiese cumplimentado correctamente.
Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud.
La documentación a cumplimentar y presentar para la admisión en el proceso selectivo correspondiente es la
siguiente:
1. Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso
en las que se hará constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Lobón, y se presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno de
los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o por vía telemática.
2. En su caso, documentos que acrediten los méritos de baremación correspondientes a otra
Administración Pública distinta del Ayuntamiento de Lobón y los méritos alegados en
formación de conformidad con la base octava, apartado 8.5. Acreditación de los méritos.
3. Vida laboral.
4. Titulación académica.

Sexta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento, página
web y tablón de anuncios municipal, se señalará un plazo de 10 días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se
publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del
Tribunal.
Séptima. Tribunal Calificador.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los
órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad
de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujeres y hombres.
El personal de elección o de designación política, los/as funcionarios/as interinos/as y el personal eventual no podrán formar
parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o
por cuenta de nadie.
La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:
- Presidente o Presidenta.
- Tres vocales.
- Secretario/a con voz y voto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 10