Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zurbarán. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01744/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interior del funcionamiento del centro residencial de mayores de Zurbarán
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Ayuntamiento de Zurbarán

Anuncio 1744/2024

- Médicos especialistas (cardiólogos, traumatólogos, odontólogos...).
- Análisis clínicos y medicamentos que el usuario precise.
- Medios de transportes (autobuses, taxis…), teléfonos y otros gastos de carácter personal
(útiles de aseo).
En los justificantes de pago que se expidan se detallarán, además de la cuota mensual, los
gastos originados no incluidos en la misma y suplidos por cuenta y orden del residente.
Los gastos que se originen por defunción serán por cuenta del residente o de los familiares
responsables obligados.

Artículo 8.- Derechos de los usuarios no residentes.
Las personas usuarias de servicios ofrecidos desde el centro residencial tendrán acceso a todo tipo de publicaciones y libros
que se reciban en el centro; podrán participar en las actividades que se organicen, en las condiciones que se determine para
cada una de ellas; podrán presentar así mismo las sugerencias que crean oportunas para la mejora del funcionamiento del
centro, por sí mismo o a través de un familiar o representante legal cuando su situación de dependencia así lo requiera. El
resto de personas que asistan tendrán los mismos derechos, salvaguardando en todo caso la prioridad señalada en el
artículo 6 y observando, para ello, las reservas que se puedan establecer. Todas las personas que utilicen las instalaciones lo
harán con respeto al uso residencial del centro, observando las normas que al efecto se dicten.
La asociación de mayores de la localidad, de mutuo acuerdo con el adjudicatario, podrá organizar actos o eventos dedicados
a la tercera edad o de carácter intergeneracional dentro del centro.
Artículo 9.- Deberes de los residentes.
Las personas residentes del centro tendrán los siguientes deberes:
a) Conocer y cumplir el presente reglamento de régimen interior.
b) Abonar el importe de los servicios recibidos, en la forma que se establezca en la Ordenanza fiscal
reguladora.
c) Respetar el buen uso de todas las instalaciones del centro y colaborar en su mantenimiento. Así mismo,
deberán comunicar a los responsables del centro las anomalías e irregularidades que se observen, así como
las posibles averías en las instalaciones.
d) Guardar las normas básicas de higiene, aseo y vestido personales, así como con las dependencias del
centro.
e) Mantener un comportamiento correcto y de respeto mutuo en su relación con el resto de residentes y con
los trabajadores y responsables del centro.
f) Acatar y cumplir las instrucciones de los responsables del centro y de los trabajadores, sin perjuicio del
derecho a realizar quejas o sugerencias sobre las mismas.
g) Poner en conocimiento de los servicios municipales los cambios en su situación que incidan en la
prestación del servicio, y en especial los que puedan afectar a la determinación del precio público a abonar
por los servicios prestados.
h) Comunicar a los responsables del centro las ausencias a las comidas, y en todo caso, las ausencias por más
de 24 horas.
i) Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro del centro y en cualquier otro lugar relacionado
con sus actividades.
j) No se permitirá en el centro una imagen no aceptable del residente (mal vestido, falto de higiene, con ropa
sucia o en mal estado, etc), pudiéndosele requerir en tal caso para la oportuna corrección.
Artículo 10.- Deberes de los usuarios no residentes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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