Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01724/2024)
Reglamento de funcionamiento del Consejo Local de Personas Mayores de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 1724/2024

a) Representar al Consejo Local ante las instituciones públicas y privadas.
b) Coordinar a todos los miembros del Pleno.
c) Convocar las reuniones de la Asamblea y del Pleno.
d) Utilizar su voto de calidad para eliminar los empates producidos en las votaciones
e) Resolver, oído el Pleno, las dudas que se susciten en las aplicaciones del presente Estatuto.
f) Impulsar, dirigir y coordinar las actividades y trabajos del Pleno.
g) Adoptar las medidas de carácter urgente para el buen gobierno y administración del Consejo
Local, dando cuenta al Pleno.
h) Aquellas otras establecidas en el presente Reglamento y en otras normas y acuerdos.
2. Funciones de la Vicepresidencia.
a) Sustituir a la persona que ostenta la Presidencia en los casos de ausencia, vacante o
enfermedad.
b) Ayudar a la persona que ostenta la Presidencia en su trabajo y realizar las funciones que ésta
le delegue.
c) La delegación de funciones en la Vicepresidencia por parte de la persona que ostenta la
Presidencia se pondrá en conocimiento del Pleno.
3. Corresponden a la Secretaría las siguientes funciones.
a) Confeccionar y enviar las comunicaciones de las reuniones.
b) Redactar las actas de las reuniones del Pleno y de las asambleas.
c) Llevar y custodiar los archivos y demás responsabilidades de la Secretaría.
d) Expedir las certificaciones que le sean solicitadas.
e) Aquellas otras que le sean atribuidas por norma de obligado cumplimiento.
f) En caso de ausencia de la persona que ostenta la Secretaría, será sustituida en sus funciones
por cualquier miembro de la Comisión Permanente designado a tal efecto.
4. Funciones de la Tesorería:
a) Custodiar los fondos del Consejo Local de Personas Mayores.
b) Informar de la situación económica del Consejo Local a la Asamblea y demás miembros de
éste.
c) Administrar los recursos económicos del Consejo Local.
d) Llevar el estado de cuentas.
e) Dar cuenta del ejercicio económico a la Asamblea General.
5. Funciones de las Vocalías:
a) Desarrollar los trabajos que se les asigne.
b) Aquellas que les encomiende la Asamblea o el Pleno.
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