Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01676/2024)
Bases que han de regir la constitución de una bolsa de empleo de Administrativo en régimen de interinidad
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra

Anuncio 1676/2024

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
La oposición constará de dos ejercicios eliminatorios. La puntuación mínima será de 0 y la máxima de 10 en cada uno de
ellos. El aspirante que no alcance 5 puntos en cada ejercicio, quedará eliminado del proceso de selección.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio igual para todos los aspirantes, consistirá en la
resolución de un tipo test con un total de 50 preguntas más 5 de reserva, cada una de ellas con tres posibles
respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Las preguntas de reserva solo se corregirán, si alguna de las
50 primeras es reclamada por algún aspirante y la citada reclamación, es estimada por el Tribunal. En ese
supuesto se anulará la pregunta reclamada a todos los aspirantes, y será sustituida por la primera pregunta
de reserva, si hubiese más impugnaciones estimadas por el Tribunal se actuará de la misma forma, siempre
siguiendo el orden establecido en las preguntas de reserva. Todas las preguntas estarán relacionadas con el
temario completo, recogido en el anexo III de estas bases.
Para la realización del primer ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de una hora.
Para la corrección del primer ejercicio, prueba tipo test, se aplicará el siguiente criterio, por cada respuesta
correcta se sumaran 0,20 puntos, por cada respuesta errónea se restarán 0,10 puntos, las preguntas no
contestadas ni sumarán ni restarán puntos. La puntuación obtenida, que estará comprendida entre 0 y 10, en
esta parte del ejercicio deberá ser igual o superior a 5, en caso contrario el aspirante será eliminado del
proceso de selección.
Para superar este primer ejercicio los aspirantes deberán obtener una puntuación mínima de 5, en caso
contrario quedarán eliminados del proceso de selección.
La nota final del primer ejercicio será obtenida por la puntuación obtenida en la prueba tipo test.
Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio igual para todos los aspirantes, consistirá en la
resolución de un supuesto práctico que propondrá el Tribunal, relacionados con las materias contenidas en el
anexo III de esta convocatoria. Se dispondrá de un tiempo máximo de dos horas para la elaboración del
supuesto práctico. Para superar este ejercicio los aspirantes deberán obtener una puntuación mínima de 5 en
total, en caso contrario quedarán eliminados del proceso de selección.
Para la corrección del ejercicio cada miembro del Tribunal dará una nota entre 0 y 10, conforme a los criterios
predefinidos con anterioridad a la corrección, se despreciarán la nota más alta y más baja, sacando una media
del resto, esa será la nota del segundo ejercicio, en el supuesto de ser inferior a 5, el aspirante será eliminado
del proceso de selección.
FASE CONCURSO:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de
oposición. En esta fase el Tribunal procederá al estudio, evaluación y valoración de los méritos alegados, justificados y
acreditados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar la solicitud para participar en el proceso
selectivo, conforme al baremo establecido en el anexo II de esta convocatoria.
No serán tenidos en cuenta, en ningún caso, los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que, aun siendo invocados, no
sean debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias por los solicitantes, sin que proceda requerimiento
de subsanación por parte del Ayuntamiento, ya que el número de méritos alegables no son requisito para la admisión.
La valoración habrá de limitarse a aquellos méritos acreditados mediante documento original y únicamente se admitirán
aquellos documentos presentados junto con la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria, sin que quepa la
aportación de justificante alguno de méritos una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes.
La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de todos los puntos obtenidos en aplicación del
Baremo, referidos a la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias.
A. MÉRITOS PROFESIONALES:
A.1. Experiencia laboral:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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