Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01676/2024)
Bases que han de regir la constitución de una bolsa de empleo de Administrativo en régimen de interinidad
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra

Anuncio 1676/2024

hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Bachiller Superior, grado superior (FP2) o
equivalente.
A los efectos de equivalencia de titulaciones académicas, las personas solicitantes deberán hacer referencia,
en la instancia de participación, de la normativa en la que se establece dicha equivalencia y aportar fotocopias
de los títulos o certificaciones académicas acreditativas de que cumplen los requisitos exigidos o, en su caso,
de las resoluciones individualizadas pertinentes, en caso de la no acreditación de la equivalencia se entenderá
que no aporta la titulación exigida.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión y aportar la correspondiente
homologación.
Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse hasta el momento en que se formalice el correspondiente nombramiento.
Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no
posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal desde la publicación de la
lista definitiva de admitidos y hasta la fecha de la publicación de la lista definitiva de la constitución de la bolsa
de empleo, propondrá al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento la exclusión del mismo del
proceso, previa audiencia del interesado o interesada.
Tercera. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura como anexo I de estas bases, en el que
los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda.
Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar
que reúnen las condiciones exigidas en estas bases, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento y se
presentarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra o en el Registro General de este Ayuntamiento
o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
A las solicitudes se les acompañará:
Titulación académica exigida.
Autobaremación (anexo III) y méritos justificativos de la misma. Se debe de tener en cuenta que no
serán valorados aquellos méritos que no estén debidamente alegados.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, así como en el tablón de anuncios de la sede
electrónica del Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. La presentación de la solicitud para el proceso selectivo supone el
conocimiento y aceptación inequívocos por parte del de la aspirante del tratamiento de los datos de carácter personal a
realizar por el órgano competente y únicamente para los fines establecidos. El tratamiento de la información facilitada en las
solicitudes tendrá en cuenta las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://bodonaldelasierra.sedelectronica.es], se señalará un plazo de diez días hábiles para que se puedan
formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://bodonaldelasierra.sedelectronica.es]. En esta misma
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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