Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Baterno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01595/2024)
Anuncio sobre la implantación del sistema interno de información
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Ayuntamiento de Baterno

Anuncio 1595/2024

conductas, negocios jurídicos, convocatorias, instrumentos o expedientes afectados que se correspondan con el ámbito de
aplicación material de la LPI y que guarden relación con la actividad y funcionamiento del Ayuntamiento de Baterno; la fecha
cierta o aproximada en que se produjeron; y las personas u órganos a los que, en su caso, se hubiera remitido previamente
la información. Se podrá aportar, además, cualquier documentación o elemento de prueba que facilite la verificación de la
información o, en caso de no disponer de esta, la denominación e identificación de los elementos probatorios que acrediten
los hechos comunicados.
Artículo 7.- Comunicación de informaciones falsas o de mala fe.
1. El Canal Interno de Información del Ayuntamiento de Baterno deberá emplearse de manera responsable y adecuada. La
comunicación de hechos falsos, con una actitud maliciosa, supone una infracción de la buena fe, pudiendo derivar en las
medidas disciplinarias o de otro tipo que legalmente correspondan.
2. Si, tras el oportuno análisis, se pudiera concluir que los hechos denunciados son manifiestamente falsos y que la denuncia
ha sido presentada con mala fe, la persona Responsable del Sistema:
- Archivará la denuncia, documentando los motivos que han llevado a archivar el expediente, finalizando las
actuaciones de investigación.
- Trasladará, en su caso, dicha circunstancia al órgano competente para que adopte las acciones judiciales
civiles, penales, administrativas o disciplinarias que correspondan.
CAPÍTULO II. RECEPCIÓN Y ANÁLISIS PRELIMINAR DE LAS DENUNCIAS
Artículo 8.- Recepción de informaciones.
1. Las informaciones verbales o escritas serán recepcionadas por la persona Responsable del Sistema y/o por el personal,
debidamente acreditado, al que se le asignen funciones de apoyo técnico-administrativo.
2. Recibida la información y con carácter previo a su tramitación, la persona Responsable del Sistema que se vaya a encargar
de la instrucción del procedimiento firmará una declaración de ausencia de conflicto de interés. Esta declaración se
incorporará al expediente. En el caso de que la información se refiriese a la persona Responsable del Sistema, o a personas
con ella relacionada, o concurriera causa de abstención, ésta se abstendrá de todas las actuaciones que pudieran llevarse a
cabo en el marco de la respectiva investigación interna que, en su caso, se incoe. En este último caso, asumirá las funciones
de persona Responsable del Sistema su suplente.
Artículo 9.- Acuse de recibo.
1. Tras la recepción de la información, en un plazo no superior a 7 días naturales a contar desde el siguiente a su recepción,
se acusará recibo, salvo que aquella sea anónima, que el informante expresamente haya renunciado a recibir
comunicaciones relativas a la investigación o que resulte materialmente imposible realizar tal comunicación por razón del
medio a través del cual se haya comunicado la información. El acuse de recibo se realizará en condiciones que garanticen
que no se pone en peligro la confidencialidad de la información.
2. Con el acuse de recibo se informará a la persona informante sobre lo siguiente:

a. Como contactar con la persona responsable del seguimiento de la información.
b. La posibilidad de mantener contacto con la persona responsable durante todo el proceso de
investigación y la posibilidad de aportar más información o documentación.
c. Los derechos que la LPI otorga a las personas informantes.
d. El tiempo máximo para recibir una respuesta sobre la información.
e. La confidencialidad con la que será tratada la información, así como el tratamiento reservado
que recibirán sus datos personales en aplicación de la legislación de protección de datos
personales vigente, sin perjuicio de que la persona informante, con carácter previo a la
comunicación de una información, disponga de la información sobre las condiciones
específicas del tratamiento de los datos en el apartado del Sistema Interno de Información de
la página web del Ayuntamiento de Baterno.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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