Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Baterno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01595/2024)
Anuncio sobre la implantación del sistema interno de información
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Ayuntamiento de Baterno

Anuncio 1595/2024

Las comunicaciones al Canal Interno de Información del Ayuntamiento de Baterno se pueden presentar por escrito o de
forma presencial, a través de las vías habilitadas en este procedimiento.
Artículo 3.- Informaciones escritas.
1. Las comunicaciones escritas de las informaciones, con identificación de la persona informante o de manera anónima,
podrán remitirse mediante formulario electrónico, correo electrónico, correo postal o presencialmente.
Electrónicamente a través del formulario de la Web del Ayuntamiento de Baterno en la sección correspondiente al
Sistema Interno de Información, al que se accederá mediante un enlace ubicado en un apartado visible y claramente
identificable en la página principal de la página web corporativa. Este formulario forma parte del buzón electrónico
del Ayuntamiento de Baterno que es un Canal seguro de admisión de informaciones. Este buzón permite una
comunicación bidireccional y garantiza el anonimato durante todo el proceso a partir del ocultamiento de la
identificación del dispositivo de la persona comunicante.
A través de correo electrónico. Las informaciones escritas se podrán interponer vía correo electrónico mediante su
envío a la dirección que se indique en un apartado visible y claramente identificable al que se acceda desde la página
principal de la página web corporativa, donde se recepcionarán y desde la cual se gestionarán y tramitarán por la
persona Responsable del Sistema.
A través de correo postal ordinario, dirigido a: Responsable del Sistema Interno de Información.
Presencialmente, mediante una reunión con la persona Responsable del Sistema, que, una vez solicitada por alguna
de las vías anteriores, deberá realizarse (presencialmente o por medios telemáticos) en los siete días hábiles
siguientes, salvo que la persona informante solicite hacerla en una fecha posterior. La reunión se grabará, ya sea en
video o solo en audio, previo consentimiento por escrito de la persona que informa, quien debe recibir información
sobre la protección de sus datos personales. La persona Responsable del Sistema se asegurará de que las reuniones
que mantenga con la persona informante se realicen en condiciones que garanticen la confidencialidad de la
información y de la identidad del informante.
2. En el supuesto de que las comunicaciones se envíen por medios que no sean los anteriores o las reciba personal diferente
al Responsable del Sistema (o personal colaborador debidamente acreditado), se tendrán que remitir inmediatamente a
este, adoptándose las medidas particulares que resulten oportunas para garantizar el cumplimiento de los principios del
sistema, especialmente, el deber de confidencialidad y la protección del informante.
Artículo 4.- Comunicaciones anónimas.
1. Las personas informantes podrán remitir comunicaciones anónimas en el Canal Interno de Información del Ayuntamiento
de Baterno.
2. Se entiende por comunicación anónima aquella en la cual no se facilitan datos personales que permitan identificar a la
persona informante.
3. Si fuera posible, se comunicará a la persona que informe anónimamente que, si se identificara más tarde, tendrá derecho
a las medidas de protección establecidas en la Política del Sistema Interno de Información y en la Ley 2/2023, de 20 de
febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la
corrupción (en adelante, LPI).
Artículo 5.- Forma de comunicarse con el informante.
1. El Ayuntamiento de Baterno podrá comunicarse con la persona informante a través del sistema habilitado por el propio
Canal Interno de Información. Este canal electrónico facilitará un código único de identificación a la persona informante que,
siempre y cuando lo conserve, permitirá mantener la comunicación entre la persona informante, con independencia de que
se haya identificado o no, y el Sistema Interno de Información. En todo caso, en los supuestos de informaciones anónimas,
tan solo será posible esta comunicación a través de este medio electrónico.
2. La persona informante podrá renunciar expresamente a la recepción de cualesquiera comunicaciones realizadas llevadas
a cabo por la persona Responsable del Sistema como consecuencia de la información.
3. Cuando se reciban comunicaciones por correo electrónico, correo postal o mediante reunión presencial, las
comunicaciones con la persona informante se realizarán, preferentemente, por medios electrónicos, siempre que se pueda
garantizar adecuadamente el cumplimiento de los principios del Sistema de Interno de Información, en especial, la
protección de la persona informante.
Artículo 6.- Contenido de la información.
La información remitida deberá contener una descripción de los hechos de la forma más concreta y detallada posible,
identificando, siempre que fuera posible, a la persona o personas que hubieran participado en los mismos; los hechos,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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