Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01456/2024)
Aprobación del Plan de Medidas Antifraude
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 1456/2024

A. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad, para ello, el
Ayuntamiento de Campanario suscribe una declaración institucional antifraude basada en los valores de
integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez y cuyo contenido se incluye en el anexo IV de este
Plan.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del
https://campanario.sedelectronica.es/ para su general conocimiento.

Ayuntamiento

B. Código de conducta.
El Ayuntamiento de Campanario suscribe un código de conducta y principios éticos que deberán cumplir
todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento esperado ante posibles
circunstancias que pudieran dar lugar a fraude y sus principios se basan en los siguientes compromisos de
conducta:
Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
Uso adecuado de los recursos públicos
Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
Transparencia y buen uso de la información.
Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios
Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de fondos.
El código de conducta de los empleados públicos se incluye en el anexo IV.
Este código ético se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general conocimiento.
C. Plan de formación para toda la organización.
El Ayuntamiento de Campanario se compromete a organizar cursos y charlas formativas sobre diferentes
temáticas en relación con el fraude y la corrupción con la finalidad de capacitar al personal con unos
aprendizajes que ayuden a detectar y prevenir el comportamiento poco ético del uso de los fondos públicos y,
por ende, el potencial fraude.
D. Reparto adecuado de funciones y responsabilidades.
El Ayuntamiento de Campanario se compromete a realizar un reparto segregado de funciones y
responsabilidades en las actuaciones de gestión, control y pago, evidenciándose esa separación de forma
clara, de modo que se dejará constancia de cada responsable directo para cada caso.
2. Medidas de detección.
A. Catálogo de indicadores de riesgo fraude: Banderas rojas.
Es necesario asegurar que los procedimientos de control focalicen la atención sobre los puntos principales de
riesgo de fraude y en sus posibles hitos o marcadores. La simple existencia de este control sirve como
elemento disuasorio a la perpetración de fraudes.
En esta línea de búsqueda de indicios de fraude, la Comisión Europea ha elaborado un catálogo de signos o
marcadores de riesgo, denominados "banderas rojas" que han sido adaptados a los fondos del PRTR e
incorporados en la guía para la aplicación de medidas antifraude en la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude y que son los utilizados en este
Ayuntamiento.
El catálogo de banderas rojas y los controles propuestos para el caso de que se detecte alguna de ellas se
recoge en el anexo VI de este Plan.
C. Canal de denuncias.
Se habilita un procedimiento específico para la denuncia de estas irregularidades, dentro del Sistema interno
de información del Ayuntamiento, que facilita la comunicación de infracciones mediante enlace al Canal
Infofraude del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), órgano encargado de coordinar las
acciones encaminadas a proteger los intereses financieros de la Unión Europea contra el fraude en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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