Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. (01447/2024)
Aprobación del Plan de medidas antifraude
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Ayuntamiento de Hernán Cortés

Anuncio 1447/2024

referencia, etc.
C. Implicación de las autoridades de la organización, que deberán:
— Manifestar un compromiso firme contra el fraude y
comunicado con claridad, que implique una tolerancia cero ante el
fraude.
— Desarrollar planteamiento proactivo, estructurado, específico y
eficaz en la toma de decisiones para gestionar riesgo de fraude.
— Elaborar un Plan de actuaciones contra el fraude que transmita
dentro y fuera de la organización su postura oficial con respecto al
fraude y la corrupción.
D. Reparto claro y segregado de funciones y responsabilidades en las
actuaciones de gestión, control y pago, evidenciándose esa separación de forma
clara.
E. Mecanismos adecuados de evaluación del riesgo para todas las medidas
gestionadas, dejando evidencia del mismo, en busca de las partes del proceso
más susceptibles de sufrir fraude, y controlarlas especialmente, sobre la
siguiente base:
— Identificación de medidas que son más susceptibles del fraude,
como pueden ser aquellas con alta intensidad, alto presupuesto,
muchos requisitos a justificar por el solicitante, controles
complejos, etc.
— Identificación de posibles conflictos de intereses.
— Resultados de trabajos previos de auditorias internas.
— Resultados de auditorias de la Comisión Europea o del Tribunal
de Cuentas Europeo, en su caso.
— Casos de fraude detectados con anterioridad.
F. Sistema de control interno eficaz, adecuadamente diseñado y gestionado, con
controles que se centren en paliar con eficacia los riesgos que se identifiquen.
G. Análisis de datos. Dentro de los límites relativos a la protección de datos,
cruce de datos con otros organismos públicos o privados del sector que
permitan detectar posibles situaciones de alto riesgo incluso antes de la
concesión de los fondos.
En relación a las medidas para la prevención del conflicto de intereses, la Orden HPF/1030/2021
contempla las siguientes:
A. Comunicación e información al personal de la entidad sobre las distintas
modalidades de conflicto de interés y de las formas de evitarlo.
B. Cumplimentación de una declaración de ausencia de conflicto de intereses
(DACI) a los intervinientes en los procedimientos, en todo caso el responsable del
órgano de contratación/concesión de subvención, el personal que redacte los
documentos de licitación/bases y/o convocatorias, los expertos que evalúen las
solicitudes/ofertas/propuestas, los miembros de los comités de evaluación de
solicitudes/ofertas/propuestas y demás órganos colegiados del procedimiento.
C. En caso de órganos colegiados, dicha declaración puede realizarse al inicio de
la correspondiente reunión por todos los intervinientes en la misma y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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