Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. (01447/2024)
Aprobación del Plan de medidas antifraude
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Ayuntamiento de Hernán Cortés

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4.3.- Régimen de reuniones:
Con carácter ordinario el comité antifraude deberá reunirse, al menos, una vez anual para conocer de los
asuntos que le son propios. Además de estas reuniones de carácter ordinario, podrá reunirse en cualquier
momento con carácter extraordinario, cuando alguno de sus miembros así lo solicite a la persona encargada
de realizar la convocatoria.
La convocatoria será realizada por parte de la persona representante de la Secretaría General deberá ser
realizada con una antelación de 48 horas y la misma deberá ir acompañada de un orden del día de los
asuntos a tratar.
De cada una de estas reuniones se elevará la oportuna acta, que deberá ser leída y aprobada por todos los
miembros del comité en la reunión siguiente a la celebración de la misma.
Se aplicará supletoriamente el régimen de órganos colegiados previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, para aquellos aspectos no detallados en este Plan.
5.- Evaluación de riesgos.
Para poder diseñar medidas antifraude proporcionadas y eficaces, es preciso que el Ayuntamiento aborde la previa auto
evaluación en lo referente a su riesgo de sufrir actuaciones fraudulentas.
El comité antifraude ha sido el encargado de realizar el ejercicio de evaluación inicial del riesgo de fraude, así como de
repetirlo con una frecuencia que en principio se establece con carácter anual; si bien podrá exigirse con periodicidad inferior
ante circunstancias que así lo aconsejen como pueden ser los cambios normativos u organizativos, la aparición de
circunstancias novedosas o la detección de puntos débiles ante el fraude.
Con fecha 17 de enero de 2024, se mantuvo la primera reunión del comité donde se realizó el análisis del riesgo de fraude
existente en el Ayuntamiento y se establecieron los procedimientos necesarios y las medidas para minimizar la ocurrencia
de casos de fraude, asignando un responsable de implantación de cada una de dichas medidas. Los resultados de dicha
auto evaluación se recogen en el anexo I del presente Plan.
6.- Medidas de para la lucha contra el fraude.
El Ayuntamiento de Hernán Cortés, una vez realizada la auto evaluación del riesgo de fraude, articula una serie de medidas y
procedimientos estructurados en torno a los cuatro elementos clave del ciclo de lucha contra el fraude: Prevención,
detección, corrección y persecución.
6.1. Medidas de prevención.
6.1.1. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad,
para ello, el Ayuntamiento de Hernán Cortés suscribe una declaración institucional antifraude
basada los valores de integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez. El contenido de
la declaración institucional se incluye en el anexo III.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general
conocimiento.
6.1.2. Código de conducta.
El Ayuntamiento de Hernán Cortés suscribe un código de conducta y principios éticos que
deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento
esperado ante posibles circunstancias que pudieran dar lugar a fraude y sus principios se
basan en los siguientes compromisos de conducta:
— Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
— Uso adecuado de los recursos públicos.
— Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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