Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. (01447/2024)
Aprobación del Plan de medidas antifraude
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Ayuntamiento de Hernán Cortés

Anuncio 1447/2024

— Retirar la financiación comunitaria de todos aquellos expedientes en los que
se identifique la incidencia detectada.
— Comunicar a las unidades ejecutoras las medidas necesarias a adoptar para
subsanar la debilidad detectada, de forma que las incidencias encontradas no
vuelvan a repetirse.
— Revisar los sistemas de control interno para establecer los mecanismos
oportunos que detecten las referidas incidencias en las fases iniciales de
verificación.
C. Persecución.
A la mayor brevedad posible, el comité antifraude procederá a:
— Comunicar los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad
decisora (o a la entidad ejecutora que le haya encomendado la ejecución de las
actuaciones, en cuyo caso será esta la que se los comunicará a la entidad
decisora), quien comunicará el asunto a la autoridad responsable, la cual podrá
solicitar la información adicional que considere oportuna de cara su seguimiento
y comunicación a la autoridad de control.
— Denunciar si fuese el caso los hechos punibles a las autoridades públicas
competentes (Servicio Nacional de Coordinación Antifraude -SNCA-) y para su
valoración y eventual comunicación a la Oficina Europea de Lucha contra el
Fraude.
— Iniciar una información reservada para depurar responsabilidades o incoar un
expediente disciplinario.
— Denunciar los hechos ante la fiscalía y los tribunales competentes, en los
casos oportunos.

____________________
ANEXO I
RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DE RIESGO
En este anexo se incluye el resultado de la auto evaluación del riesgo de fraude que se haya llevado a cabo.
Esta auto evaluación se configura en el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura
el sistema de gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia como una actuación obligatoria para el órgano
gestor.
El anexo II.B.5 de la Orden HFP/1030/2021 incluye un cuestionario de autoevaluación relativo al estándar mínimo:

Pregunta

Grado de
cumplimiento
4

3

2

1

1. ¿Se dispone de un «Plan de medidas antifraude» que le permita a la entidad ejecutora o a
la entidad decisora garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los
fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en
particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, ¿la
corrupción y los conflictos de intereses?

X

2. ¿Se constata la existencia del correspondiente «Plan de medidas antifraude» en todos los
niveles de ejecución?

X

Prevención
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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