Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01470/2024)
Bases y convocatoria para constituir una lista de espera para el nombramiento con carácter de personal funcionario interino o para la contratación, con carácter de personal laboral, por duración determinada, de Maquinista (para obras públicas)
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 1470/2024

Octava.- Calificación de las pruebas de la fase de oposición.
1.º.- Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio,
siendo necesario para realizar una prueba haber superado la anterior.
2.º.- Valoración de la primera prueba: En la prueba tipo test, se valorarán las primeras veinte preguntas,
quedando en reserva las comprendidas entre la veintiuna y la veinticinco, por si el Tribunal anulara alguna
pregunta, por entenderla mal formulada o no ajustada al temario. Se calificará a razón de 0,5 puntos por cada
pregunta respondida totalmente correcta, restándose 0,125 puntos por cada pregunta mal respondida, no
puntuándose las preguntas no contestadas. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.
Finalizado y corregido el ejercicio, el tribunal hará pública la plantilla de preguntas y respuestas del test. Las
personas que lo han realizado, si lo estiman, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las respuestas
dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de cinco días hábiles a partir
del anuncio de publicación de resultados.
3.º.- Valoración de la segunda prueba: La prueba práctica se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de 5 puntos para superarla. La determinación de la calificación se adoptará sumando las
puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de
asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación definitiva, eliminándose, en todo caso, las puntuaciones
máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección las personas que lo han
superado, disponiendo las personas interesadas de un plazo de cinco días hábiles para efectuar
reclamaciones ante dicho Tribunal.
La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de la suma de las puntuaciones
alcanzadas por los aspirantes, declarados aptos, en cada uno de los ejercicios.
4.º.- Calificación definitiva: Conforme al Reglamento regulador de las listas de espera, la calificación definitiva
se determinará de la siguiente manera:
1.º. Mayor número de ejercicios aprobados.
2.º. A igualdad de ejercicios aprobados, mayor puntuación en la suma de los ejercicios
aprobados más, en su caso, la fase de concurso.
3.º. De persistir el empate se atenderá al orden del sorteo de la Junta de Extremadura de
aplicación general a todas las listas de espera para la contratación de la Comunidad Autónoma
y que se hace pública en el DOE.
Para entrar en bolsa será necesario haber superado al menos el primer ejercicio.

Novena.- Constitución de la lista de espera.
1.º.- Constitución de la lista de espera: Recibida la propuesta del Tribunal Calificador, por resolución de la
Alcaldía-Presidencia se constituirá la lista de espera.
La lista de espera tendrán una vigencia máxima de tres años, contados a partir de la fecha de su constitución,
salvo que, con anterioridad a dicha fecha, se prorrogue, por resolución de la Alcaldía, por el tiempo
estrictamente necesario y que será determinado en la resolución. En todo caso, la lista de espera será
sustituida por una posterior que derive de la siguiente convocatoria de pruebas selectivas.
Constituida la lista de espera, en ella permanecerán las personas aspirantes, en situación de espera, hasta su
contratación por riguroso orden de prelación, sin que ello suponga derecho efectivo a la contratación. La
permanencia en la lista de espera no generará derechos de ninguna índole, pudiendo quedar sin efectos en
caso de que desaparezcan las razones de necesidad que las motivaron.
2.º.- Situaciones de los aspirantes en la lista: Conforme al Reglamento regulador de las listas de espera, las
personas que se encuentren inscritas en las listas se podrán encontrar en alguna de las siguientes
situaciones: disponible, suspensión, exclusión e Ilocalizable, con las connotaciones reguladas en ese
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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