Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01327/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del régimen interno de los Pisos Tutelados "Humildad de Prado"
21 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra

Anuncio 1327/2024

3. No está permitido entregar para su lavado prendas ostensiblemente estropeadas o injustificadamente
sucias. Al respecto, se le recuerda al usuario la obligación de renovar su vestuario cuando le sea necesario.
4. La ropa sucia será depositada en el lugar y horario indicados para ello.
5. El cambio de sábanas, para los residentes, se efectuará de forma ordinaria una vez por semana, cuando sea
necesario por razones o motivos que obliguen a ello.
Artículo 17. Servicio médico.
1. Los residentes deberán acudir a la consulta por sí mismos siempre que puedan hacerlo. En caso contrario
irán acompañados por personal del centro que esté de turno, quien podrá ir a retirar recetas y a la farmacia,
previa justificación de la necesidad.
2. Cuando el estado físico de un residente así lo exija, recibirá la visita del médico de cabecera en su
habitación.
3. Cuando el residente necesite trasladarse a un centro especializado, deberá hacerlo por su cuenta o
contando con la ayuda de sus familiares; en caso de no tenerla y ser urgente, un trabajador del centro podrá
acompañarlo.
4. Los familiares se harán cargo del residente si es hospitalizado.
Artículo 18. Quejas reclamaciones y sugerencias.
Cualquier queja y/o sugerencia se pondrá en conocimiento personalmente en la Dirección del centro, o bien a través del
buzón de sugerencias.
Existiendo hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios.
Artículo 19. Visitas.
1. Los residentes podrán recibir sus visitas en las zonas destinadas a tal efecto.
2. Las visitas se ajustarán a las siguientes normas:
a.- Una vez que se comunique la visita, los visitantes esperarán en la sala indicada hasta la llegada del
residente, quien les acompañará durante el tiempo que dure la misma y dentro del horario establecido, salvo
en circunstancias especiales.
b.- Respetarán las instalaciones del centro, teniendo especial cuidado si vienen acompañados de menores,
haciéndose responsables los familiares de los posibles desperfectos que se pudieran ocasionar.
c.- No podrán ir a las habitaciones salvo que tuvieran autorización expresa, en todo caso permanecerán en
ella el tiempo estrictamente necesario.
TÍTULO TERCERO: SUGERENCIAS, QUEJAS Y RECLAMACIONES
Capítulo I: Del sistema de recogida de sugerencias, quejas y reclamaciones
Artículo 20.
1. El centro cuenta con un sistema de recogida de sugerencias , quejas y reclamaciones de todo tipo, consistente en un
buzón donde los usuarios las podrán depositar.
2. Existen hojas tipo a disposición de los usuarios para proponer sus quejas, sugerencias y reclamaciones.
3. También pueden hacerse las propuestas comunicándolas personalmente a la Dirección del centro.
4. Formulada la queja, reclamación o sugerencia será estudiada y estimada por la Junta de Gobierno del Centro, a propuesta
de la Dirección del mismo, para que se tome la resolución que proceda.
TÍTULO CUARTO: ÓRGANO DE GOBIERNO Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 7 de 21