Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01379/2024)
Convocatoria del proceso selectivo por concurso-oposición para la provisión interina del puesto de Intervención
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 1379/2024

por causa imputable al interesado.
3.7.- Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación de la lista provisional de admitidos y
excluidos, que se someterá a información pública, junto con la composición del Tribunal de Selección, mediante la
publicación del correspondiente anuncio en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento, otorgándose un
plazo para reclamaciones de cinco (5) días hábiles.
Si no existieren reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
Si alguna instancia adoleciere de algún defecto, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 2 días hábiles, contados a
partir de la publicación de la lista provisional, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento
de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será excluido de la lista de aspirantes admitidos.
3.8.- Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de aspirantes y del
tribunal de selección, que se publicará asimismo en la sede electrónica y tablón de anuncios, con indicación del lugar y hora
de celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración
de las mismas.
Cuarta. Tribunal de selección.
4.1.- El Tribunal Calificador para las pruebas selectivas estará constituido por los siguientes miembros, todo ellos con
titulación igual o superior a la de la plaza convocada y funcionarios de carrera de las respectivas administraciones públicas:
Presidente: Un funcionario de igual categoría al puesto que se convoca, designado por el Sr. Alcalde.
Vocales:

- Un funcionario de la Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura.
- Dos funcionarios de la escala de Habilitación Nacional, propuesto por el COSITAL de la
provincia respectiva.
- Un funcionario de la escala de Habilitación Nacional, designado por el Ayuntamiento.

Secretario: Será nombrado por el Sr. Alcalde de entre alguno de los vocales.

4.2.- En la designación de los miembros del Tribunal Calificador deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
4.3.- A iniciativa de cada central sindical podrá estar presentes, durante la totalidad del proceso selectivo, un observador/a
por cada una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en este Ayuntamiento.
4.4.- El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de
designarse.
4.5.- Asesores: El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden
oír la opinión de técnicos especialistas, así como de tareas de vigilancia y control del desarrollo de los diferentes ejercicios.
4.6.- Actuación del Tribunal: El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros,
titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. La actuación del
Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.
4.7.- El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para
la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases.
4.8.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y podrán ser recusados, cuando concurran las
circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4.9.- Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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