Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01379/2024)
Convocatoria del proceso selectivo por concurso-oposición para la provisión interina del puesto de Intervención
19 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 1379/2024

3.2.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en el Registro
General de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina (de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes) o bien por la sede
electrónica.
También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente dentro del plazo de presentación, copia de la solicitud, al
correo electrónico: personal@villafrancadelosbarros.es o vía fax al número 924527978.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
3.3.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 10 días hábiles a contar del día siguiente a aquel
en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Asimismo, serán
publicadas en el tablón de anuncios del portal del ciudadano, que se encuentra en la sede electrónica del Ayuntamiento de
Villafranca de los Barros y en el tablón de anuncios del Departamento de Personal de este Ayuntamiento.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
3.4.- Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de
examen dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante. En
ningún caso la presentación del justificante de ingreso de los derechos de examen, supondría sustitución del trámite de
presentación de la solicitud en tiempo y forma.
Los derechos referidos se fijan en 35,00 €, atendiendo a la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa de los derechos
de examen (BOP número 166 de 31 de agosto de 2021) y se harán efectivos de cualquiera de las dos formas siguientes:
Ingreso en el número de cuenta: BBVA ES55 0182 6031 6002 0939 7936. Debiendo figurar en el documento de pago
el concepto: "Pruebas selectivas Intervención de entrada", además de nombre, apellidos y DNI del aspirante.
Pago con tarjeta bancaria a través de nuestra página web en el enlace:
https://www.villafrancadelosbarros.es/services?category=tramites o bien dentro de la página siguiendo la ruta:
Tramites – servicios -trámites administrativos - tasa derechos de examen. Siendo necesario para ello registrarse
previamente en la página e indicar como concepto: "Pruebas selectivas Intervención de entrada".
3.5.- Exenciones y bonificaciones.
Estarán exentos del pago de la tasa, aquellos solicitantes que acrediten, en el momento de presentación de la solicitud, la
condición de demandante de empleo de 180 días en los últimos 12 meses, a través de la correspondiente tarjeta de empleo
e informe de vida laboral actualizado.
Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen parte de familias numerosas que
tengan reconocidas tal condición, clasificadas de "categoría especial", de acuerdo al artículo 12 c) de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección de Familia Numerosa o discapacitados en grado igual o superior al 33% y del 30% del importe de
la tasa para los miembros de familia numerosa que tengan reconocida la condición, clasificadas de "categoría general",
acreditándolo con certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa, así como certificado de discapacidad en el
momento de presentación de la solicitud.

Tarifas

Tasa derecho a examen subgrupo A1

Tarifa General

35,00 €

Familia numerosa "categoría general"

24,50 €

Familia numerosa "categoría especial"

17,50 €

Discapacitados en grado igual o superior al 33%

17,50 €

Demandante de empleo, 180 días en los últimos 12 meses

Exento

3.6.- No procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 19