Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01379/2024)
Convocatoria del proceso selectivo por concurso-oposición para la provisión interina del puesto de Intervención
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 1379/2024

aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto convocado.
Edad. Tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales vigentes para la
jubilación forzosa.
Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a
la escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Titulación. Estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que termine el plazo de presentación
de instancias, la titulación universitaria exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo
A1, de acuerdo con lo previsto en el TREBEP.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al
amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario
interino.

Tercera. Presentación de solicitudes.
3.1 Instancias: A efectos de ser admitidos en el proceso selectivo, los aspirantes deberán presentar la siguiente
documentación:
a) La instancia solicitando tomar parte en la oposición, conforme al modelo que aparece en el anexo II de
estas bases. No admitiéndose otro tipo de modelo.
b) Copia del DNI, NIE o pasaporte del aspirante.
c) Copia de la titulación requerida, exigida a la categoría que se opte, o documento acreditativo del abono de
las tasas para la expedición de la titulación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Copia de la vida laboral.
e) Copia de la documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso (contratos de
trabajo; certificados de servicios prestados; certificados de empresa; etc.).
f) Resguardo justificativo del abono de la tasa de derechos de examen o documentación acreditativa de estar
exento de su abono, así como justificación de reducción de tasa por bonificación, según lo establecido al final
de este apartado.
Los aspirantes deberán manifestar, bajo su responsabilidad, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los
términos en que se recogen en la base segunda y que se comprometen a poner a disposición de la administración municipal
cuando sea requerido al efecto.
En el caso de aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, deberán tener reconocido por la
administración competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiéndose acreditar esta circunstancia en el
momento de presentación de la solicitud.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios, y se llevará a
cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios
generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de
personas con discapacidad.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes/as, el Tribunal Calificador adoptará las
medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los/as solicitantes de adaptaciones de tiempo
y/o medios gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de aspirantes/as.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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