Administración del Estado. Ministerios. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Secretaría de Estado de Energía. Dirección General de Política Energética y Minas (Madrid). (00985/2024)
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Gaetana Solar, SL la autorización administrativa previa y de construcción para la modificación del proyecto de instalación fotovoltaica Gaetana
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Secretaría de Estado de Energía

Anuncio 985/2024

Términos municipales afectados: La Roca de la Sierra, en la provincia de Badajoz.
Las líneas subterráneas a 30 kV tienen como origen los centros de transformación de la planta, discurriendo
hasta la subestación transformadora "Morantes" 30/220 kV por el término municipal de La Roca de la Sierra,
en la provincia de Badajoz.
Las principales características de la subestación transformadora "Morantes" 30/220 kV son:
Parque de intemperie de 220 kV de simple barra con 1 posición de línea de salida.
2 posiciones de transformador 30/220 kV de 180 MVA.
Parque interior de 30 kV en edificio.
La línea de evacuación a 220 kV, de 29.216,74 metros de longitud, S/C Dúplex, tiene como origen la
Subestación "Morantes" 30/220 kV y final en la Subestación colectora "Carmonita" 220/400 kV, propiedad de
La Nava Solar SLU, (no objeto de la presente resolución) y entrada/salida de 401 metros de longitud, D/C
Dúplex, en la Subestación "La Muela" " 30/220 kV, pasando por los términos municipales de La Roca de la
Sierra, Mérida, La Nava de Santiago y Cordobilla de Lácara, en la provincia de Badajoz. Las características
principales de la referida línea son:
Tensión: 220 kV.
Tipo de montaje: Dúplex.
Frecuencia: 50 Hz.
N.º de conductores por fase: Dos.
N.º de apoyos proyectados 85.
Conductor: Cable de aluminio-acero 337-AL1/44-ST1A (LA-380).
Las principales características de la subestación transformadora "La Muela" 30/220 kV son:
Parque de intemperie de 220 kV de simple barra con 2 posiciones de línea de salida.
1 posición de transformador 30/220 kV de 130 MVA.
Parque interior de 30 kV en edificio.
El objeto del proyecto es la construcción de una planta fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la
evacuación de dicha energía a la red.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así como las que, en las
resoluciones de autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública se
establecieron.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el articulo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía
administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de
un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para
el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
Madrid, a fecha de la firma digital.- El Director General, Manuel García Hernández.
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ANEXO
La autorización administrativa de construcción se concede, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, y con las condiciones especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las disposiciones reglamentarias
que le sean de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. De conformidad con el artículo 131.10 del Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica el plazo para la emisión de la autorización de explotación (AE) será de veinte meses,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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