Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01241/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para proyectos de reactivación de la economía local 2024
29 páginas totales
Página
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

Anuncio 1241/2024

De la misma forma, deberán disponer de una memoria aclarativa de dichos gastos. En ningún
caso, se admitirán importes justificativos resultantes de dichas facturas por encima de los
importes a los que hace referencia el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio, del personal de la Administración Pública.
En relación a los gastos de desplazamientos, en el caso que se realicen con vehículo propio, y
se justifique mediante facturas de combustible, se habrá de especificar em ellas el motivo del
viaje y los desplazados. En ningún caso se admitirá como justificante un importe superior al
resultado de multiplicar el número de kilómetros al importe aplicado a los desplazamientos en
la administración.
En el caso de desplazamientos justificados por vehículos colectivos, tales como autobuses, se
deberá especificar en la factura, el motivo de dicho desplazamiento, y el número de viajeros así
como su relación con la entidad beneficiaria.

Base 6. Criterios de adjudicación.
Los proyectos subvencionados serán aquellos que, reuniendo los requisitos establecidos en la base número 3, hayan
obtenido una mayor valoración en la aplicación de los criterios que se exponen a continuación, y siempre teniendo como
límite la cuantía total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria y el individual por proyecto.
Las propuestas se evaluarán individualmente hasta un máximo de 100 puntos distribuidos sobre la base de los criterios
siguientes:
CRITERIOS DE VALORACIÓN – VALORACIÓN MÁXIMA 100 PUNTOS
A. Número de habitantes del municipio solicitante. Se valorará hasta un máximo de 15 puntos.

A.1. Municipios hasta 5.000 habitantes: 5 puntos.
A.2. Municipios de 5.001 a 10.000 habitantes: 10 puntos.
A.4. Municipios de 10.001 a 19.999 habitantes: 15 puntos.

B. Calidad del proyecto presentado. Se valorará hasta un máximo de 60 puntos.
Se valorarán los siguientes aspectos del proyecto:
B.1. Coherencia entre las necesidades detectadas, objetivos fijados, acciones propuestas y presupuestos
reflejados: Hasta 45 puntos.
B.1.1. Identificación de necesidades que justifican la realización del proyecto y finalidad del
mismo: Hasta 15 puntos.
Se valorará la correcta identificación de necesidades a las que el proyecto pretende dar
respuesta, la justificación de su realización y finalidad.
El proyecto justifica en profundidad la realización del mismo en función de las
necesidades detectadas: 15 puntos.
El proyecto justifica suficientemente la realización del mismo en función de las
necesidades detectadas: 5 puntos.
El proyecto no justifica la realización del mismo en función de las necesidades
detectadas: 0 puntos.
B.1.2. Determinación de objetivos generales, específicos y actividades: Hasta 15 puntos.
Se valorará la adecuada definición y coherencia entre objetivos y actividades previstas y su
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 9 de 29