Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01137/2024)
Plan de medidas antifraude del Ayuntamiento de Valdecaballeros
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Ayuntamiento de Valdecaballeros

Anuncio 1137/2024

I. El fomento de valores como la integridad, objetividad, rendición de cuentas y
honradez.
II. El establecimiento de un código de conducta ante el fraude que pueda incluir
aspectos como: El conflicto de interés, obsequios, confidencialidad, cauces de
denuncia (buzón de denuncias y/o enlace al canal de denuncias del SNCA), etc.
B. Formación y concienciación. Las acciones formativas, que deben dirigirse a todos los niveles
jerárquicos, incluirían reuniones, seminarios, grupos de trabajo, etc. que fomenten la
adquisición y transferencia de conocimientos. Se centran en la identificación y evaluación de
riesgos, establecimiento de controles específicos, actuación en caso de detección de fraude,
casos prácticos de referencia, etc.
C. Implicación de las autoridades de la organización, que deberán:
I. Manifestar un compromiso firme contra el fraude y comunicado con claridad,
que implique una tolerancia cero ante el fraude.
II. Desarrollar planteamiento proactivo, estructurado, específico y eficaz en la
toma de decisiones para gestionar riesgo de fraude.
III. Elaborar un plan de actuaciones contra el fraude que transmita dentro y fuera
de la organización su postura oficial con respecto al fraude y la corrupción.
D. Reparto claro y segregado de funciones y responsabilidades en las actuaciones de gestión,
control y pago, evidenciándose esa separación de forma clara.
E. Mecanismos adecuados de evaluación del riesgo para todas las medidas gestionadas,
dejando evidencia del mismo, en busca de las partes del proceso más susceptibles de sufrir
fraude, y controlarlas especialmente, sobre la siguiente base:
I. Identificación de medidas que son más susceptibles del fraude, como pueden
ser aquellas con alta intensidad, alto presupuesto, muchos requisitos a justificar
por el solicitante, controles complejos, etc.
II. Identificación de posibles conflictos de intereses.
III. Resultados de trabajos previos de auditorías internas.
IV. Resultados de auditorías de la Comisión Europea o del Tribunal de Cuentas
Europeo, en su caso.
V. Casos de fraude detectados con anterioridad.
F. Sistema de control interno eficaz, adecuadamente diseñado y gestionado, con controles que
se centren en paliar con eficacia los riesgos que se identifiquen.
G. Análisis de datos. Dentro de los límites relativos a la protección de datos, cruce de datos con
otros organismos públicos o privados del sector que permitan detectar posibles situaciones de
alto riesgo incluso antes de la concesión de los fondos.
En relación a las medidas para la prevención del conflicto de intereses, la Orden HPF/1030/2021 contempla las
siguientes:
A. Comunicación e información al personal de la entidad sobre las distintas modalidades de
conflicto de interés y de las formas de evitarlo.
B. Cumplimentación de una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) a los
intervinientes en los procedimientos, en todo caso el responsable del órgano de
contratación/concesión de subvención, el personal que redacte los documentos de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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