Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01137/2024)
Plan de medidas antifraude del Ayuntamiento de Valdecaballeros
21 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Valdecaballeros

Anuncio 1137/2024

Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general conocimiento.
B. Código de conducta.
1. El Ayuntamiento de Valdecaballeros suscribe un código de conducta y principios éticos que
deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento
esperado ante posibles circunstancias que pudieran dar lugar a fraude y sus principios se
basan en los siguientes compromisos de conducta:
Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
Uso adecuado de los recursos públicos.
Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
Transparencia y buen uso de la información.
Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios.
Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de Fondos.
El código de conducta de los empleados públicos se incluye en el anexo IV.
Este código ético se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general conocimiento.
C. Declaración de ausencia de conflicto de intereses.
Se establece la obligación de cumplimentar una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) para
todos los intervinientes en los procedimientos de contratación y de concesión de subvenciones financiados
con cargo al MRR.
En caso de órganos colegiados, dicha declaración puede realizarse al inicio de la correspondiente reunión por
todos los intervinientes en la misma y reflejándose en el acta.
Igualmente, se establece la obligatoriedad de cumplimentación de la DACI como requisito a aportar por el/los
beneficiarios que, dentro de los requisitos de concesión de la ayuda, deban llevar a cabo actividades que
presenten un conflicto de intereses potencial.
Al cumplimentar la DACI se deberá observar la estricta aplicación del artículo 53 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público relativo a los principios éticos, el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, relativo a la abstención y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno.
El modelo de DACI se incluye en el anexo II.
D. Plan de formación para toda la organización.
El Ayuntamiento se compromete a organizar cursos y charlas formativas sobre diferentes temáticas en
relación con el fraude y la corrupción con la finalidad de capacitar al personal con unos aprendizajes que
ayuden a detectar y prevenir el comportamiento poco ético del uso de los fondos públicos y, por ende, el
potencial fraude.
Téngase en cuenta que la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establece que la elección de las medidas de
prevención y detección se deja a juicio de la entidad, atendiendo a sus características específicas y siempre
teniendo en cuenta la necesidad de garantizar una conveniente protección de los intereses de la unión.
En el presente modelo se han incluido una serie de medidas a título ejemplificativo de entre las propuestas
por el anexo III C de la Orden HFP/1030/2021 que reproducimos a continuación:
A. Desarrollo de una cultura ética, basada algunos aspectos como pueden ser:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 7 de 21