Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00808/2024)
Aprobación de las bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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acciones.
Dicho proyecto de gastos será el que proponga y presupueste el solicitante en el anexo III, una vez deducidos los conceptos
de gastos que, en su caso, no sean subvencionables en esta línea de ayudas.
Base 8. Norma de mínimis.
Las subvenciones concedidas en el marco de la presente convocatoria tienen el carácter de ayudas de mínimis, de acuerdo
con lo previsto en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, o, en función del sector donde opere la
persona trabajadora autónoma, en el Reglamento (UE) 1408/2013, de la Comisión, también de 18 de diciembre, relativos a la
aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado a las ayudas de mínimis, publicados en el DOUE de 24 de diciembre de 2013.
En este sentido, no se podrán conceder subvenciones en el marco de esta convocatoria si se comprueba que con ello se
incrementa el importe total de las ayudas de minimis recibidas por el/la solicitante por encima de los límites máximos
establecidos en el artículo 3.2 del mencionado Reglamento. Para ello, la empresa deberá aportar declaración sobre
cualquier ayuda de minimis percibida durante los últimos 3 años.
Base 9. Solicitudes y documentación.
El plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y se dirigirán, acompañadas del resto de la documentación requerida
en estas bases, al Presidente de la Diputación de Badajoz.
Las solicitudes se tramitarán a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la
dirección: https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza
reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz.
La presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido.
El acceso deberá realizarse con certificado digital, mediante los siguientes pasos:
1. Entrar en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder al apartado de "ciudadanos y empresas".
3. En Trámites por Delegaciones seleccionar Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo.
4. Seleccionar el trámite solicitud de subvenciones desinadas al fomento del emprendimiento empresarial por
parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o con
certificado de profesionalidad nivel 3, año 2024.
5. Identificarse con el certificado digital.
6. Cumplimentar los datos correspondientes al solicitante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de subvención de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Los documentos electrónicos aportados junto con la solicitud, debidamente firmados, se considerarán copias electrónicas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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