Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (00942/2024)
Bases de la convocatoria de subvenciones para redacción de proyectos de obras, memorias valoradas y estudios técnicos obligatorios para la ejecución de infraestructuras municipales 2024, para impulsar el reto demográfico y los ODS de la Agenda 2030
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

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La compensación prevista lo será entre los débitos y créditos concurrentes, vencidos, líquidos y exigibles, sin que quepa, en
ningún caso, compensación con la subvención en especie.
Los pagos previos quedan excluidos expresamente de la obligación de constitución de aval, seguro de caución o cualquier
otra garantía financiera.
No será de aplicación lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
respecto del destino de los rendimientos financieros que generen los fondos librados a los beneficiarios, al ser estos
Administraciones Públicas.
BASE 13.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
Los beneficiarios deberán tener pagadas las redacciones de proyectos, memorias valoradas o estudios técnicos obligatorios
de obras en infraestructuras municipales sujetas a esta convocatoria, a fecha 30 de junio de 2025. La justificación de esta
subvención se realizará en dos fases:
PRIMERA FASE:
Las entidades locales beneficiarias deberán presentar en el plazo de dos meses, contados a partir del día
siguiente a la finalización del plazo de ejecución y pago (31 de agosto de 2025, según base 2) a través de sede
electrónica, la siguiente documentación:
I. Anexo 5.- Oficio de remisión de documentación para la justificación de subvención.
II. Anexo 6.- Certificado de justificación de la Subvención debidamente firmado por el/la
Secretario/a o Secretario/a-interventor/a, en el que se acredite que el objeto de la subvención
se ha realizado, de acuerdo al.
III. Copia del/los proyectos o memorias valoradas o estudios técnicos obligatorios de ejecución
en formato PDF, firmado digitalmente y con marcadores. Estos se remitirán a través de la
plataforma https://mercurio.dip-badajoz.es para lo que nos deberán solicitar la contraseña al
Servicio de Planes y Gestión Administrativa de Inversiones.
Será obligatorio que todos los proyectos y memorias valoradas igual y superior a 3.000,00 €
estén visados por el Colegio técnico profesional que corresponda
IV. Carta de pago del ingreso recibido.
V. Anexo 7.- Identificación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

SEGUNDA FASE:
Las entidades locales beneficiarias deberán presentar en el plazo de dieciocho meses, contados a partir del
día siguiente a la finalización del plazo de justificación de la primera fase (1 de Septiembre de 2025, según
base 2) através de sede electrónica, la siguiente documentación: La siguiente documentación:
I. Acta de comienzo de la/las obra/s cuya ejecución se prevé con el/los proyecto/s, memoria/s
valorada/s o el/los estudio/s técnico/s obligatorio/s solicitado/s.
II. Demostrar que se ha publicitado esta subvención. Deberá constar la colaboración de la
Diputación de Badajoz, con la imagen corporativa que se publicará en la página web:
https://imot.dip-badajoz.es/subvenciones por cualquiera de los siguientes sistemas:
En la página web del Ayuntamiento o,
En el tablón de anuncios del Ayuntamiento o,
En la carátula de proyectos, memorias valoradas o estudios técnicos obligatorios. (Si se
eligiera esta forma de publicidad no hace falta remitirlo en la segunda fase, ya que se
recibe a la hora de remitir el proyecto/memoria valorada o estudio técnico obligatorio.
Esta documentación se presentará dirigida al Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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