Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (00942/2024)
Bases de la convocatoria de subvenciones para redacción de proyectos de obras, memorias valoradas y estudios técnicos obligatorios para la ejecución de infraestructuras municipales 2024, para impulsar el reto demográfico y los ODS de la Agenda 2030
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

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En concreto, se regulan los siguientes criterios de selección, que configuran el desarrollo del presente proceso
de selección competitiva:
1 Número de habitantes del municipio o entidad local menor solicitante, según el último censo
del padrón municipal, publicado por el Instituto Nacional de Estadística:
1.1 Municipios o E.L.M. de menos de 1.000 habitantes: 25 puntos.
1.2 Municipios y E.L.M. entre 1.000 a 2.500 habitantes: 20 puntos.
1.3 Municipios y E.L.M. entre 2.501 a 5.000 habitantes: 15 puntos.
1.4 Municipios entre 5.001 y 10.000 habitantes: 10 puntos.
1.5 Municipios entre 10.001 y 20.000 habitantes: 5 puntos.
2 Inexistencia de personal cualificado, dentro de la estructura de personal de la entidad
solicitante, competente para la redacción del proyecto de obra, memoria valorada o estudio
técnico obligatorio, cuya financiación se solicita, según la normativa vigente: 10 puntos.
3 Proyectos o memorias valoradas cuya finalidad esté especialmente dirigida a afrontar el reto
demográfico, con relación a los servicios públicos básicos municipales, como instrumentación y
motor de políticas de fijación de la población:
3.1 Proyectos, memorias valoradas y estudios técnicos obligatorios relacionadas con:
Clasificaciones de presas, estudios de inundabilidad, edificios en ruinas (recuperación,
rehabilitación, demolición, etc.), estudio y clasificación de edificios públicos con amianto,
estudio impacto ambiental: 30 puntos.
3.2 Proyectos o memorias valoradas relacionados con: Alumbrado público, cementerios,
recogida de residuos, Casas consistoriales, bibliotecas, Instalaciones deportivas de uso público,
abastecimientos (cómo red en alta, depósitos, captaciones, pozos, etc), saneamientos, viales
(urbanizaciones, pavimentaciones, circunvalaciones, accesos al núcleos de población etc.),
puentes, pasarelas, muros de contención, restauración hidrológica (limpieza de lodos en
embalses y charcas, consolidaciones de presas, restauraciones fluviales, encauzamientos, etc.),
inversiones en polígonos industriales, centros sociosanitarios.Instalaciones de placas
fotovoltaicas o de energía solar térmica en edificios municipales): 15 puntos.
3.3 Proyectos o memorias valoradas relacionados con la construcción, instalación y/o mejora
de: Parques, instalaciones turísticas, naves municipales, archivos, caminos vecinales, mercados,
generación y transmisión de energía, y legalizaciones de infraestructuras: 5 puntos.
4 No haber recibido subvención en las convocatorias anteriores (los 2 últimos años) o que la misma esté por
debajo del importe de 3.000,00 euros: 5 puntos.
Tras la valoración de las solicitudes presentadas en función de los criterios anteriores, se establecerá una
relación de entidades ordenada en función de los puntos obtenidos en orden decreciente y a favor de los que
se propondrá los beneficiarios y las cantidades a subvencionar hasta que se agote el crédito disponible.
En el supuesto de que se aumente el crédito presupuestario a lo largo del ejercicio se seguirá atendiendo a las
entidades que quedaron sin subvencionar tras agotarse el crédito disponible, siempre en el estricto orden en
el que figuren en el listado obtenido previamente en esta convocatoria.
En caso de empate a puntuación entre varias solicitudes, el criterio que prevalecerá para el desempate entre
estas solicitudes, será el del municipio o entidad local menor que se encuentre en el tramo con menor
número de habitantes y, en el supuesto de que persista el empate, entre estas últimas, prevalecerá la entidad
que tenga un menor número de habitantes.
BASE 10.- INSTRUCCIÓN, COMISIÓN DE VALORACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA.
1. Tramitación e Instrucción.
Una vez aprobadas las bases y concluido el plazo para la presentación de solicitudes, analizadas las mismas, y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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