Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00907/2024)
Bases reguladoras del proceso de selección de una plaza de Administrativo, vacante en la plantilla municipal, mediante el sistema de oposición
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Ayuntamiento de Azuaga

Anuncio 907/2024

lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio
común para todas estas situaciones.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Los ejercicios que serán 2, serán obligatorios y eliminatorios. La puntuación máxima será de 20 puntos. La puntuación de
cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los
miembros del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una
diferencia igual o superior a 2 puntos. En el supuesto de que haya más de 2 notas emitidas que se diferencien en 2 o más
puntos, solo se eliminará una de ellas, de las máximas y otra de las mínimas, si fuera el caso.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Primer ejercicio: Consistirá en 2 pruebas. Una primera, tipo test, de 40 preguntas, más 5 de reserva, relativas al programa de
materias que se relacionan en el anexo II, con 4 respuestas alternativas de la que solo una será correcta. Se concederá un
tiempo de 40 minutos para su ejecución y se calificará de 0 a 5 puntos.
Cada respuesta correcta se valorará con 0,125 puntos. Cada respuesta errónea penalizará 0,040 puntos. Las respuestas en
blanco no sumarán ni restarán. Las preguntas de reserva únicamente se valorarán en caso de anulación de alguna o algunas
de las 40 preguntas, por el orden en que estén numeradas.
La segunda prueba de este primer ejercicio consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 60 minutos, 4 preguntas
relativas a la materia de la parte específica del anexo II. Esta prueba se calificará de 0 a 5 puntos, a razón de 1,25 puntos
como máximo por pregunta. Se valorará la amplitud de conocimientos y la exactitud de los mismos, así como la calidad de la
expresión escrita.
Para superar el primer ejercicio habrá de obtenerse como mínimo 2,50 puntos en cada una de las pruebas.
Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a uno o varios supuestos prácticos sobre materias relacionadas con la
parte de materias específicas del temario que se incluye como anexo a estas bases.
Este ejercicio tendrá una duración de 60 minutos y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una
calificación mínima de 5 puntos. Se valorará la correcta aplicación de los conocimientos teóricos para la resolución de los
casos prácticos planteados.
Octava. Calificación.
La puntuación final será aquella que resulte de sumar la puntuación obtenida en los 2 ejercicios.
En caso de empate, se resolverá a favor del o de la aspirante que mayor puntuación haya obtenido en el segundo ejercicio.
De persistir, a favor de quien más puntuación haya obtenido en la segunda prueba del primer ejercicio. Si aun así se
mantuviera el empate, se resolverá por sorteo.
Novena. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento.
Una vez terminada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede
electrónica de este Ayuntamiento y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión, precisándose que el número
de propuestos no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas, relación que se elevará a la Alcaldía.
No obstante lo anterior, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de igual número de
aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias
de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del
órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento
como funcionarios de carrera.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la administración, dentro del plazo de 20 días hábiles desde la publicación de la
relación de aprobados en la sede electrónica de este Ayuntamiento y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor
difusión, que reúnen los requisitos de capacidad y los exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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