Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Solana de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00926/2024)
Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas económicas para garantizar a los habitantes del término municipal de Solana de los Barros, el derecho de acceso a los suministros mínimos vitales para el año 2024
11 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Solana de los Barros

Anuncio 926/2024

2.- Las peticiones de ayuda de las personas interesadas serán resueltas por riguroso orden de entrada de la
solicitud en el Registro del Ayuntamiento de Solana de los Barros, a partir del momento en que ésta estuviera
completa y hasta el límite del crédito disponible.
Quinta.- Procedimiento de concesión.
1.º.- Solicitudes y documentación.
El procedimiento se iniciará, a solicitud de la persona interesada, mediante presentación del impreso, debidamente firmado
y cumplimentado, según modelo que se adjunta a la presente convocatoria como anexo I y que se podrá obtener
directamente en el Ayuntamiento de Solana de los Barros, en el Registro del Ayuntamiento.
A la solicitud deberán acompañarse los siguientes documentos:
Fotocopia compulsada del DNI o NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia.
Alta a terceros del banco.
Certificado de empadronamiento del solicitante.
Certificado de convivencia.
Informe de vida laboral de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
Justificantes de ingresos económicos de todos los miembros de la unidad de convivencia correspondientes
a los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Informe de jornadas reales para trabajadores agrícolas.
Nóminas.
Certificado de prestaciones sociales del INSS.
Certificado de prestaciones del SEPE.
Fotocopia compulsada de la Sentencia y del Convenio regulador en caso de nulidad, separación, divorcio o
ruptura de convivencia.
Si tiene hipoteca, fotocopia del documento que lo acredite y justificante del pago de los recibos de los tres
últimos meses.
Si tiene alquiler, fotocopia del contrato y copia de los recibos de los tres últimos meses.
Si hay algún miembro de la unidad de convivencia que tenga reconocida discapacidad igual o mayor al 65%
o dependencia en cualquier grado, copia de las resoluciones correspondientes.
Resolución de la empresa eléctrica en el caso de que les hayan concedido el bono social como cliente
vulnerable severo.
2.º.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
1.- Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento, dirigidas al Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Solana de los Barros, conforme al modelo de solicitud que figura en el anexo I de las
presentes bases y acompañada de toda la documentación anteriormente especificada.
2.- El plazo de presentación de las solicitudes, se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de estas
bases y finalizará el 15 de noviembre de 2024, salvo agotamiento del crédito existente para estas Ayudas, en
cuyo caso dicho plazo finalizará, una vez agotado dicho crédito, con la consiguiente inadmisión a trámite de
las solicitudes que se presenten con posterioridad, situación que podrá darse, igualmente, cuando, dado el
número de las presentadas, se prevea dicho agotamiento con anterioridad a la citada fecha.
3.- Si la solicitud adoleciera de algún defecto o no fuera acompañada de algún documento exigido, se
requerirá a la persona interesada para que en plazo de diez días hábiles, siguientes a dicho requerimiento,
subsane los defectos observados o presente la documentación requerida, advirtiéndole que, de no hacerlo así
en el citado plazo, se le tendrá por desistida de la solicitud presentada, previa resolución que deberá ser
dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 11