Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00866/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ONGD y otras asociaciones sin ánimo de lucro, para la realización de Proyectos de Cooperación Internacional durante el ejercicio económico 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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proyecto. Se podrán incluir los sueldos y salarios y seguridad social, con un límite máximo del 40% del total de
estos gastos, relacionados directa e indubitadamente con el desarrollo y ejecución de las actividades
subvencionadas descritas en la memoria, y solo en la parte proporcionalmente necesaria para el desarrollo de
la actividad; es decir, deberán acreditar mediante los correspondientes cálculos efectuados, que la suma de la
carga salarial imputada al proyecto subvencionado, por meses para cada uno de los trabajadores
considerados, en relación con el total de la carga salarial anual de esos trabajadores, no supera el %
establecido como límite de imputación para esta tipología de gastos. El importe y porcentaje, sobre el total, de
gastos de personal imputados al proyecto/actividad subvencionada deberá hacerse constar en la memoria
justificativa.
3. Gastos de viajes, estancias y dietas del personal local y cooperante. Con carácter general sólo se admitirán
gastos en este concepto en un porcentaje total que no superará el 20% de la cantidad concedida, siempre que
estén previstos en el presupuesto presentado.
Cuando estos gastos fueran imprescindibles para el desarrollo de la actividad subvencionada y estén
motivados en el proyecto presentado, no operará esta limitación.
4. Honorarios por servicios profesionales.
5. Comisiones bancarias motivadas por la transferencia internacional de fondos a los países destinatarios de
la ayuda siempre que correspondan a actuaciones del proyecto subvencionado. Esta transferencia servirá de
base para el cálculo de los cambios internacionales de moneda.
C) Gastos indirectos.
Serán aquellos que tenga como finalidad el sostenimiento de ejecución del proyecto para el que se haya obtenido la
subvención, no deben superar el 20% de la subvención concedida y deberán realizarse en la sede o delegación de la entidad
beneficiaria en la provincia de Badajoz o en la sede de la contraparte. Serán considerados en la parte proporcional de
trabajo efectivo realizado y relacionado con la actividad subvencionada señalada en la memoria, y cuya imputación
porcentual al proyecto/actividad subvencionada, respecto del total de los mismos, deberá hacerse constar en la memoria
justificativa.
Se incluyen, entre otros los siguientes gastos:
1. Gastos de mantenimiento de la sede de la entidad beneficiaria o de la contraparte, tales como teléfono, luz,
internet, reparaciones, material no inventariable, seguros (imprescindible estar soportados documentalmente
por sus contratos), material de oficina, asesoría, así como los gastos por arrendamiento de local.
2. Gastos de personal en oficina. Serán los relacionados con el personal técnico, administrativo o directivo que
realice labores para el proyecto en la sede del beneficiario en la provincia. Solo podrá considerarse como
justificable la parte proporcional del gasto devengado según el tiempo dedicado al proyecto, lo que deberá
quedar acreditado mediante los oportunos cálculos en la memoria técnica de justificación, en la que se
expondrá la relación del personal vinculado, directa e indubitadamente, con el desarrollo y ejecución de las
actividades, indicando la parte proporcional (% y cálculo efectuado) de trabajo efectivo realizado y relacionado
con las misma.
D) Gastos no subvencionables: No serán subvencionables los siguientes tipos de gastos:
Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
Los gastos de procedimientos judiciales.
Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Los impuestos personales sobre la renta.
Actividades relacionadas con la promoción de la entidad en sí misma.
Realizar publicaciones de difusión de las actividades propias y genéricas de la entidad no relacionadas con el
proyecto presentado a la convocatoria.
Soporte documental del gasto:
Cuando el importe del gasto subvencionables supere las cuantías establecidas en la normativa de contratación del sector
público para el contrato menor (inferior a 40.000,00 € para contratos de obras e inferior a 15.000,00 € para contratos de
servicios o suministros), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres presupuestos de diferentes proveedores con
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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