Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00866/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ONGD y otras asociaciones sin ánimo de lucro, para la realización de Proyectos de Cooperación Internacional durante el ejercicio económico 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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Las propuestas se evaluarán individualmente hasta un máximo de 100 puntos distribuidos sobre la base de los criterios
siguientes:
a. Según las prioridades de la Diputación de Badajoz, se valorarán hasta un máximo de 30 puntos aquellos
proyectos que cumplan los siguientes requisitos:
1.- Experiencia en cooperación internacional dentro de la zona y el ámbito de actuación del
proyecto en los últimos tres años. Hasta 10 puntos con el siguiente reparto:

En las 3 anualidades anteriores a la presente convocatoria

10 puntos

En las 2 anualidades anteriores a la presente convocatoria

7 puntos

En la anualidad anterior a la presente convocatoria

5 puntos

2.- Que las actividades subvencionadas estén cofinanciadas, además de con la subvención
solicitada a Diputación, con al menos un 10% procedente de fondos propios, o de otras
administraciones publicas o entidades privadas. 5 puntos.
3.- Continuidad del proyecto. El proyecto para el que se solicita subvención se viene
desarrollando dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud,
siempre que haya sido financiado en anteriores convocatorias para la misma finalidad en
Diputación de Badajoz, y ejecutado en forma y plazo conforme a las bases reguladoras o
normativa que le sea de aplicación, no habiendo dado lugar al reintegro total de la subvención
concedida por causa imputable a la entidad solicitante. 5 puntos.
4.- Actuaciones con incorporación del enfoque de género al proyecto y la promoción de
acciones positivas dirigidas a alcanzar una mayor representación de las mujeres en espacios
sociales y políticos, la mejora de oportunidades de las mujeres en el ámbito económico y la
sensibilización de valores de la ciudadanía. 5 puntos.
5.- Proyectos dirigidos a la creación de empleo entre los sectores más desfavorecidos. 5 puntos.
b. Según la evaluación técnica de las propuestas, se valorará hasta un máximo de 25 puntos los siguientes
aspectos:
1.- Descripción de los antecedentes y el marco en que se sitúa la intervención proyectada, con
identificación concreta del objeto de actuación. 4 puntos.
2.- Presupuesto acorde con los objetivos y actividades del proyecto. 5 puntos.
3.- Que exista coherencia entre la justificación de la acción, los objetivos trazados y las
actividades propuestas. 5 puntos.
4.- Que el origen y la iniciativa del proyecto procedan de la contraparte, de la organización
contraparte local. 5 puntos.
5.- Que las personas beneficiarias estén bien identificadas, cuantificadas y segregadas por
género. 2 puntos.
6.- La complementariedad del proyecto con otras actividades y acciones de desarrollo
realizadas en la zona. 4 puntos.
c. Según la capacidad de los actores y la calidad de sus acciones, se valorará hasta un máximo de 20 puntos
los siguientes aspectos:
1.- Experiencia y capacidad de la contraparte local en la ejecución de proyectos de cooperación
internacional, así como su vinculación con la población beneficiaria y otras entidades de
cooperación al desarrollo o instituciones locales. 5 puntos.
2.- La participación de las personas beneficiarias en la ejecución y gestión del proyecto.
5puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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