Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00763/2024)
Bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Campanario para el año 2024
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 763/2024

b) Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro de agua
potable y las tasas, cánones e impuestos directos e indirectos que graven los
conceptos anteriores.
c) Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro
de energía eléctrica, gas natural, gas propano y agua potable.
d) Gas butano.
Todo ellos con la excepcionalidad que se marca en el procedimiento.
2. En caso de facturas impagadas, pueden abonarse las mismas con independencia de la fecha
de emisión de la factura y del periodo de facturación a que se refieran. En caso de facturas ya
abonadas, solo se consideran financiables con cargo a esta convocatoria las ayudas concedidas
para el pago de facturas emitidas en el último trimestre del año anterior (2023) y las emitidas
en el año en curso (2024).
3. La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por
anualidad y unidad de convivencia que se establecen en el acuerdo del Consejo de Gobierno de
la Junta de Extremadura de fecha 14 de febrero de 2024.
Cuarta.- Procedimiento de solicitud y concesión de las ayudas.
1. El procedimiento para la concesión de las ayudas contempladas en estas bases se iniciará
mediante solicitud del interesado presentada ante el Registro de este Ayuntamiento, dirigida al
Sr. Alcalde- Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Campanario, conforme al modelo que
figura en el anexo I de las presentes bases y a la que se acompañará la siguiente
documentación:
- Copia del DNI/NIE de todos los miembros que integran la unidad de convivencia
en el caso de que sean mayores de 14 años.
- En caso de ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea, documento de
identidad o pasaporte en vigor de su Estado acompañado del certificado de
inscripción en el Registro de Ciudadanos de la Unión.
- En el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte de la Unión Europea,
tarjeta de residencia en vigor.
- Certificado de empadronamiento colectivo histórico
- Copia sentencia de separación / divorcio, en su caso.
- Informe de vida laboral actualizado de todos los miembros de la unidad de
convivencia mayores de 16 años.
- Copia de los ingresos de la unidad familiar de los últimos 3 meses (nóminas,
desempleo, certificados de subsidios, pensiones y rentas de cualquier
naturaleza).
- Copia del recibo del pago de la hipoteca o contrato de alquiler, en su caso.
- Copia del certificado de discapacidad CADEX, en su caso.
- Copia resolución reconocimiento dependencia, en su caso.
- Facturas pagadas o impagas que reúnan requisitos de la presente convocatoria.
- Alta a terceros con número de cuenta bancario para hacer abono de facturas.
- Cuando el solicitante haya estado empadronado en el año 2024 en otro
municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá aportar
certificado del Ayuntamiento de ese municipio que indique si ha resultado o no
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