Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00754/2024)
Bases de una plaza de Educador/a de Guardería para el Centro de Educación Infantil Municipal de Oliva de la Frontera, personal laboral, incluida en la oferta de empleo público del ejercicio 2024
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 754/2024

exclusión de la bolsa de empleo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto, dentro de la misma,
pasando a ocupar el último puesto como integrante de la bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento dentro de la
bolsa de empleo:
— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como personal
contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.
— Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de
riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores de
nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a
la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las bolsas de trabajo en que se encontrará
la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Las personas incluidas en la bolsa de empleo tendrán que presentar datos personales suficientes que
permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados en todo momento.
Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación telefónica, la telegráfica con acuse
de recibo o el correo electrónico con acuse de recepción, si no fuese posible el contacto en 24 horas se
acudirá a la persona siguiente. Si se opta por la comunicación telefónica, se realizarán un mínimo de 3
intentos de contacto entre las 9:00 y las 14:00 horas, con un intervalo de sesenta minutos entre cada llamada.
Quedará anotación escrita de lo que se indica en este número en el servicio correspondiente, dándose
traslado inmediato de informe escrito a la Secretaría de la Corporación para conocimiento y constancia.
La persona integrante de la bolsa de empleo que reciba propuesta de oferta de trabajo, en los términos
descritos anteriormente, deberá proceder a la aceptación o rechazo de la misma, en un periodo máximo de
24 horas, salvo que por circunstancias excepcionales o de fuerza mayor.
Si el contrato derivado del llamamiento no supera los 3 meses no cambiará el contratado su lugar en la lista
de espera.
3.- Requisitos de los destinatarios.
Para ser admitid@ al proceso selectivo, de conformidad con el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, l@s aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- Ser español, de acuerdo con las leyes vigentes o tener nacionalidad de cualquiera de los
estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados, que en virtud de tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores, en conformidad con la Ley 17/1993.
- De conformidad con lo establecido en el artículo 57.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre (TRLEBEP), los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores del
artículo 57, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las
administraciones públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los
españoles.
- Tener cumplidos los 16 años, y no exceder en su caso la edad máxima de la jubilación forzosa.
- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier
Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse inhabilitado/a para empleo o cargo público por resolución judicial o
para ejercer funciones similares a las del puesto convocado, salvo prescripción de las
sanciones.
- No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación
vigente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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