Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Tentudía (Monesterio). Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00761/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de las Escuelas Profesionales Duales en la Mancomunidad de Tentudía
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Mancomunidad de Tentudía

Anuncio 761/2024

2. Son faltas graves:
a) La acumulación de tres faltas leves.
b) La desobediencia, indisciplina y falta de respeto al personal del centro.
c) Atacar a la integridad física o moral de los compañeros y, en general,
mantener conductas violentas o antisociales dentro y fuera del proyecto durante
la jornada laboral.
d) El incumplimiento o abandono de normas y medidas de seguridad e higiene
en el trabajo.
e) El destrozo o deterioro intencionado de instalaciones, mobiliario, maquinaria,
herramientas y materiales.
f) La falta de asistencia al trabajo sin causa justificada.
g) Causar negligentemente daños a los locales, instalaciones, material y
herramientas del proyecto.
h) La simulación de enfermedad o accidente.
i) La falta reiterada de rendimiento intencionado que afecte al normal
desenvolvimiento del proyecto.
j) Reincidir en un comportamiento apático o de falta de interés, que afecte al
normal desenvolvimiento del proyecto.
k) El uso inadecuado o sin autorización de cualquier medio de transporte
durante la jornada laboral.
l) La práctica de todo tipo de juegos, así como el uso de móviles, tablets o
similares, encaminados a distraer la atención durante el horario del trabajo y
formación.
m) Fotografiar o grabar imágenes dentro de las instalaciones, centro de trabajo y
dentro de las actividades del proyecto sin autorización.
3. Tendrán la consideración de faltas muy graves:
a) Incurrir de manera sistemática en situaciones gravemente perjudiciales para la
salud y para la integridad personal de los miembros del proyecto.
b) La comisión de 3 faltas graves.
c) Manifiesta insubordinación, indisciplina y/o desobediencia, comportamiento
inadecuado y el incumplimiento constante y reiterado de las tareas asignadas.
d) El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo o los claros
síntomas de estar bajo los efectos de estos.
e) El fraude, deslealtad o abuso de confianza, así como el hurto o robo, tanto al
resto de integrantes del proyecto, así como a cualquier persona dentro o fuera
del centro, en el transcurso de la jornada laboral o de cualquier actividad
desarrollada por el proyecto.
f) Falta de tres días sin justificar, en un mes.
g) La notoria falta de rendimiento que conlleve inhibición en el cumplimiento de
las tareas encomendadas.
h) La manipulación intencionada, temeraria e irresponsable de los equipos o
herramientas formativos, que puedan ocasionar daños materiales y poner en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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