Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00743/2024)
Bases para la provisión interina del puesto de Tesorería
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 743/2024

A los aspirantes excluidos definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
4.4. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación de la lista provisional de admitidos y
excluidos, que se someterá a información pública, junto con la composición del Tribunal de Selección, mediante la
publicación del correspondiente anuncio en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento, otorgándose un
plazo para reclamaciones de cinco (5) días hábiles.
4.5. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de aspirantes y del
Tribunal de Selección, que se publicará asimismo en la sede electrónica y tablón de anuncios, con indicación del lugar y hora
de celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración
de las mismas.
5. Procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes, concurso-oposición, constará de las siguientes fases.
5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que figura en el anexo
I de la presente convocatoria.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los aspirantes que no alcancen en el
ejercicio la puntuación mínima que se establece en el apartado 5.1.3.
En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento único, siendo
excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
5.1.3. Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale (como máximo 120
minutos) de uno o más supuestos prácticos, que será propuesto por el Tribunal en el momento previo a la
celebración del examen, relacionados con las materias objeto del puesto de trabajo y conforme al temario
completo que figura en las presentes bases (anexo I).
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de aquellos que estén
comentados o contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la
precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será calificado por el tribunal de 0 a 10
puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no hayan obtenido una puntuación mínima de 5
puntos.
5.1.4. El orden de calificación definitiva de la fase de oposición estará determinado por la puntuación de los
aspirantes en el conjunto de los ejercicios aprobados.
5.2 Fase de concurso.
5.2.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos de los aspirantes
que hayan superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en la sede electrónica y tablón de
anuncios de la Corporación y/o lugar de celebración del ejercicio.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de
instancias.
5.2.2. El Tribunal examinará los méritos presentados por los aspirantes y los calificará con arreglo al siguiente
baremo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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