Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00713/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de un puesto de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 713/2024

haya obtenido en el apartado condecoraciones.
g) De continuar el empate y se hubieran incluido en la convocatoria la valoración
de méritos específicos, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido
en dicho apartado.
h) De persistir el empate éste se resolverá en favor de aquélla persona que
mayor puntuación obtenga aplicando todos los criterios de valoración sin límite
máximo de puntos por cada criterio.
i) Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo
con menor presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en
Extremadura, cuando éste no represente, al menos, el 40 por ciento de la
totalidad.
5. Previamente a su nombramiento, los aspirantes propuestos acreditarán ante la
Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publica en la sede
electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios, los documentos justificativos de
las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.
6. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
7. Cumplido el trámite de acreditación de los méritos, por la Alcaldía-Presidencia de la
Corporación, se resolverá el concurso mediante Decreto que se motivará en la observancia de
la normativa vigente, las bases generales y las de la convocatoria que vinculan por igual a la
administración y a las/os participantes, así como la valoración final de los méritos de las/os
candidatas/os, el cual contendrá igualmente la relación de las/os aspirantes que hayan
obtenido destino y de los puestos que les hayan sido adjudicados y la valoración final de los
méritos, y dispondrá su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, agotando dicho acto la
vía administrativa.
8. El plazo para la resolución de la convocatoria correspondiente será de 6 meses contados
desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
9. Únicamente podrán quedar puestos desiertos cuando no concurran aspirantes que reúnan
las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria.
Octava.- Toma de posesión.
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles, si no
implica cambio de residencia de la/del funcionaria/o, o de diez días hábiles si comporta cambio
de residencia, que deberá justificarse.
2. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al de la
notificación de la resolución, salvo en el supuesto de que la/el interesada/o tuviera concedidas
vacaciones, permisos o licencias, en cuyo caso el cómputo se iniciará cuando estas finalicen. No
obstante, por causas excepcionales y debidamente motivadas por el órgano competente, se
podrá suspender el disfrute de los mismos.
3. Asimismo, en el caso de que la/el interesada/o se encuentre en la situación de servicios
especiales, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará a partir de la fecha de reingreso al
servicio activo.
4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo
puesto, y siempre que no se incumpla por causa imputable a la/al interesada/o.
Novena.- Destino.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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