Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00692/2024)
Propuesta de Alcaldía para modificar el acuerdo plenario por el que se aprobó la creación del Consorcio Integral para la Recuperación Monumental, Patrimonial, Social y Urbanística del Casco Antiguo de Badajoz y sus estatutos
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Ayuntamiento de Badajoz

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mano con la Estrategia Europea 2020, creando un Casco Antiguo inteligente, sostenible y socialmente inclusivo.
Sexto.- Con estos intereses compartidos, las partes reunidas consideran igualmente que la forma más idónea para alcanzar
tales objetivos y adoptar decisiones comunes es a través de la constitución de un consorcio que, dotado de personalidad
jurídica, permita asumir derechos y obligaciones con independencia y autonomía de los entes consorciados, mejorando la
eficiencia de la gestión pública en la materia, facilitando la utilización conjunta de medios públicos destinados a estas
políticas y contribuyendo a la realización de actividades de utilidad pública, siempre manteniendo los criterios establecidos
en la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Sin perjuicio de otras administraciones que en el
futuro puedan formar parte del Consorcio del Casco Antiguo de Badajoz.
Por todo lo expuesto, las partes, previa autorización para la suscripción del presente convenio por el Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura, en su sesión de 17 de octubre de 2023, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 169.6 de la
Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, acuerdan suscribir el mismo, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS:
Primera.- Objeto.
1. El presente convenio tiene por objeto la creación de un Consorcio entre la Junta de Extremadura, la Diputación Provincial
de Badajoz y el Ayuntamiento de Badajoz, denominado "Consorcio Integral para la recuperación Monumental, Patrimonial,
Social, económica y Urbanística del Casco Antiguo de Badajoz". Sin perjuicio de que en el futuro otras Administraciones
puedan a entrar a formar parte de este Consorcio.
2. Dicho Consorcio tiene por objeto, con carácter general, promover la cooperación y colaboración económica, técnica y
administrativa entre las administraciones consorciadas, a fin de potenciar de forma conjunta y coordinar las acciones y la
gestión de servicios tendentes a rehabilitación urbanística mediante la difusión, dinamización, protección, conservación,
defensa, revalorización y restauración del patrimonio histórico, monumental y cultural del Casco Antiguo e Histórico de la
ciudad de Badajoz. Igualmente, la promoción, dinamización, fomento del turismo y los usos comerciales, turísticos,
culturales y ocio, incidiendo especialmente la regeneración social y la revitalización económica que permita la cohesión,
integración y asentamiento social del Casco Antiguo, inteligente, sostenible y socialmente inclusivo.
Además, se pretende llevar a cabo una regeneración y renovación urbana del Casco Antiguo de Badajoz.
3. El ámbito del Consorcio es el delimitado por el Plan General Municipal de Badajoz, en las áreas que afectan al Casco
Antiguo; incluyendo, además, los elementos o inmuebles, yacimientos y zonas arqueológicas, sitios naturales, jardines,
parques, conjuntos urbanos y elementos de la arquitectura industrial, rural o popular, que gocen de algún tipo de
protección con relación al Plan Especial Casco Antiguo; así como todos aquellos bienes tanto materiales, como intangibles,
que, a criterio del Consorcio y previo acuerdo de la administración competente, sean merecedores de una protección y
defensa especiales por poseer un interés artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico,
científico, técnico, documental o bibliográfico, en el casco histórico de Badajoz y elementos singularizados de su entorno.
A tal efecto, dicho ámbito quedará plasmado gráficamente a través de los documentos gráficos correspondientes, que la
Comisión de Seguimiento del presente Convenio, decida incorporar como parte del mismo.
4. El citado Consorcio se regirá por los estatutos que se incluyen como anexo I al presente convenio.
Segunda. - Financiación y compromisos de las partes.
1. La participación de las administraciones en el Consorcio viene determinada por su aportación al Fondo Patrimonial, que
se fija en 20.000,00 €, resultando ser el siguiente:
El Ayuntamiento de Badajoz aportará la cantidad de 9.800,00 €, que representa un 49,00% de la aportación
total, que se imputará a la aplicación presupuestaria: 91/432/46701/22023002363.
La Junta de Extremadura aportará la cantidad de 8.700,00 €, que representa un 43,50% de la aportación total,
que se imputará a la aplicación presupuestaria: 160030000G/261A/87000/CAG0000001.
La Diputación Provincial de Badajoz aportará la cantidad de 1.500,00 €, que representa un 7,50 % de la
aportación total, que se imputará a la aplicación presupuestaria: 111.33600.87100. (Plan Act. 1100).
2. Para los gastos estructurales se establecerá una cuantía fija anual para cubrir los gastos de personal y corrientes de
funcionamiento del Consorcio durante todos los años de vigencia del mismo, que habrán de imputarse a los Capítulos I y II
del presupuesto, de 226.620,00 €, a partir de la anualidad 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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