Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00647/2024)
Bases y convocatoria para la provisión de una plaza vacante de personal laboral fijo de Encargado General de Obras y Servicios
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

Anuncio 647/2024

11. Undécima. Presentación de documentos.
11.1. Documentos exigibles.
Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento los siguientes
documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en
las bases:
a) Documento de identificación (DNI, NIE, pasaporte).
b) Copia auténtica u original para la emisión de copia auténtica del título a que se
hace referencia en el apartado c) de la base 2.1, o justificante de haber abonado
los derechos para su expedición. En el supuesto de haber invocado un título
equivalente a los exigidos, habrá de acompañarse un certificado expedido por la
administración educativa competente que acredite la citada equivalencia. Si
estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en que finalizó el
plazo de admisión de instancias, deberá justificarse el momento en que
concluyeron los estudios.
c) Certificado médico expedido en modelo oficial acreditativo de no padecer
enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.
d) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad o
incompatibilidad para el ejercicio de funciones públicas. No será necesario
aportar aquellos documentos que ya obren en el expediente mediante original o
copia autentica. Los que tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán
exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo aportar únicamente certificación expedida
por la administración pública de la que dependan, acreditando su condición y
demás circunstancias que consten en su expediente personal.
11.2. Plazo.
El plazo de presentación de documentos será de 10 días hábiles, desde que haga pública la
relación de aprobados en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
11.3. Falta de presentación de documentos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General del Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional, de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
En este supuesto, además, se entenderá efectuada la propuesta de nombramiento del Tribunal
en favor del aspirante que, tras el decaído en su derecho, hubiere aprobado los tres ejercicios
eliminatorios de la fase de oposición y ocupase el siguiente lugar en el orden de puntuación
final y así sucesivamente.
12. Duodécima. Nombramiento como laboral fijo.
Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieren superado, y acrediten reunir los requisitos exigidos, serán
nombrados personal laboral fijo por la Alcaldía. El nombramiento deberá publicarse en el tablón de edictos
físico y electrónico del Ayuntamiento y en el BOP.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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