Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00625/2024)
Bases que han de regir el procedimiento selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de un Gerente para la Dinamización Cultural
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 625/2024

Se valorará con 0,25 puntos la acreditación del conocimiento de la lengua inglesa a nivel
mínimo de B2.

6.2.- La puntuación máxima a obtener en la fase concurso será de 4,25 puntos.
Todos los méritos se acreditarán mediante fotocopia compulsada de los documentos correspondientes.
- Defensa de proyecto.
Consistirá en la defensa, en un tiempo máximo de 15 minutos, de un proyecto en el que los candidatos
deberán desarrollar y explicar las actividades e iniciativas que pondrían en marcha en ejercicio de las
funciones inherentes al puesto.
A modo orientativo, el contenido del proyecto podrá contener los siguientes puntos:
Breve descripción de datos económicos, sociales y/o laborales del tejido comercial local.
Descripción de la metodología a seguir en el desarrollo de las funciones como Gerente.
Iniciativas y actividades concretas a desarrollar, con indicación de los objetivos a corto y medio plazo,
teniendo en cuenta la duración estimada del contrato laboral de 3 años.
Los aspirantes serán convocados para la defensa del proyecto en llamamiento único y deberán ir provistos
del DNI/pasaporte/NIE. Asimismo, el día fijado para la defensa del proyecto los aspirantes deberán de facilitar
al Tribunal una copia del mismo en formato papel. El proyecto se presentará con fuente "Tahoma 11" y podrá
tener una extensión máxima de 30 páginas.
La defensa del proyecto se realizará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes. La no
presentación de un aspirante a la defensa del proyecto determinará automáticamente el decaimiento de sus
derechos a realizar la misma, quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo; salvo caso de
fuerza mayor debidamente justificado por el aspirante y apreciado por el Tribunal.
Esta fase se calificará de 0 a 6 puntos, teniendo en cuenta la coherencia del proyecto, la idoneidad de
métodos y objetivos que se proponen y la presentación correcta, estructurada, ordenada y coherente; siendo
necesarios 3 puntos para entender superada esta fase.
Esta fase tendrá carácter eliminatorio, de modo que, de no obtener la puntuación mínima exigida, el aspirante
será declarado no apto.
Los miembros del Tribunal podrán formular preguntas aclaratorias.
Séptima.- Tribunal de Selección.
El Tribunal de Selección estará constituido por:
Presidente: Un Técnico adscrito al Área de Desarrollo Local de la Diputación de Badajoz.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
Vocales: Tres vocales funcionarios o personal laboral fijo del Ayuntamiento.
Su composición será predominantemente técnica, sus componentes deberán poseer un nivel de titulación
igual o superior al exigido para el ingreso en la categoría profesional de que se trate.
Podrán asistir como observadores representantes sindicales.
Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus componentes, titulares o
suplentes.
◦ Actuación del Tribunal: Se ajustará a los principios de imparcialidad, profesionalidad,
independencia y discrecionalidad técnica. Velarán por el cumplimiento del principio de igualdad
de oportunidades entre sexos. Actuarán con plena autonomía en el ejercicio de su
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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