Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (00617/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de acción social en la provincia de Badajoz, durante el ejercicio económico 2024
34 páginas totales
Página
Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 617/2024

artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los/as interesados/as aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios, conforme a
los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e
incorporarán junto con la solicitud electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se
consideran copias electrónicas autenticas de los documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se
garantizará mediante la utilización de la firma electrónica con la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir a el/la interesado/a la exhibición
del documento o de la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con
las copias aportadas. La aportación de tales copias implica la autorización a la administración para que acceda
y trate la información personal contenida en tales documentos.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de
las bases de esta convocatoria por parte del solicitante, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en
caso de concederse la subvención solicitada.
Todos los anexos se podrán descargar en la siguiente dirección Web en el apartado correspondiente a la
presente convocatoria:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
Todos los anexos y resto de documentación debe presentarse en formato digital no editable (Ej: PDF, JPG...).
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos que la solicitud o documentación presentada no reúna
los requisitos exigidos, se requerirá a el/la interesado/a para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido
de su petición, previa resolución, según dispone el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Base 5: Gastos subvencionables.
1. Se consideran gastos subvencionables aquellos previstos en esta base que de manera indubitada responda a la
naturaleza del programa subvencionado, estén contemplados en su presupuesto, se hayan realizado en el período de
ejecución previsto en la correspondiente convocatoria y se encuentren efectivamente pagados con anterioridad al plazo
establecido para la justificación de la subvención.
Consideraciones al respecto:

a) La cuantía máxima individual por proyecto que se puede solicitar/conceder es de 30.000,00
euros.
b) Serán gastos subvencionables aquellos que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas
bases, se realicen durante el año 2024.
c) Podrán subvencionarse proyectos cuyas actuaciones se desarrollen entre el día 1 de enero
de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
d) Todos los gastos deberán ser realizados hasta el 31 de diciembre de 2024 y efectivamente
pagados hasta el 15 de marzo de 2025 (fecha fin justificación).
e) Todas las actividades integrantes del proyecto presentado han de realizarse en la provincia
de Badajoz.
f) En ningún caso los importes subvencionados podrán ser de tal cuantía que, en concurrencia
con subvenciones de otras administraciones públicas u otros entes públicos o privados,
nacionales o internacionales, superen el coste de la actividad subvencionada a desarrollar por
el/la beneficiario/a.

2. En concreto, serán subvencionables los siguientes gastos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 34