Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (00617/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de acción social en la provincia de Badajoz, durante el ejercicio económico 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 617/2024

En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el Registro electrónico de la Diputación de Badajoz,
debidamente acreditada por éste, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo
establecido para ello, el centro gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 5 días naturales. Para
ello, una vez subsanada la incidencia, a la mayor brevedad posible y en todo caso antes de que se inicie la tramitación de
estas solicitudes, deberá realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, para el caso de que la referida incidencia técnica no afectare al último día de dicho plazo de presentación de
solicitudes.
Sistema de tramitación y acceso a la sede.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través de medios electrónicos,
mediante la presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes
bases.
La presente convocatoria se tramitará exclusivamente a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, cuyos
trámites estarán disponibles durante las veinticuatro horas del día, todos los días del plazo establecido.
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento.
Cuando exista la obligación para el/la interesado/a de relacionarse a través de medios electrónicos y este no los hubiese
utilizado, el órgano administrativo competente en el ámbito de actuación requerirá la correspondiente subsanación,
advirtiendo al/la interesado/a, o en su caso su representante, que, de no ser atendido el requerimiento en el plazo de diez
días, se le tendrá por desistido/a de su solicitud o se le podrá declarar decaído/a en su derecho al trámite correspondiente,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El acceso a la sede electrónica deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad emitido a favor de
el/la representante legal de la misma. Los pasos a seguir para realizar el acceso son:
1. Entrar en la sede electrónica en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/.
2. Acceder como ciudadano.
3. En trámites por delegaciones para ciudadanos y empresas, seleccionar Políticas Sociales y Cooperación
Internacional.
4. Seleccionar el trámite solicitud de subvención para acción social.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de el/la representante legal de la entidad.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad y a el/la representante legal de la entidad.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos de el/la interesado/ y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos y documentos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Documentación.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Anexo I. Solicitud cumplimentada directamente en sede electrónica y firmada por el/la representante legal
de la entidad.
2. Anexo II. Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con
los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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